21/06/04

17/06/04 – SE APRUEBA EL AUMENTO DEL CAPITAL DE LA FILIAL EN URUGUAY, DEL BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA.

VISTO: la gestión del Banco de la Nación Argentina, solicitando se le autorice a incrementar el capital asignado a su filial en la República Oriental del Uruguay, a la suma de $ 637:409.930,oo (pesos uruguayos seiscientos treinta y siete millones cuatrocientos nueve mil novecientos treinta).

RESULTANDO: que por Resolución de 13 de agosto de 2003, el Directorio de la Casa Matriz de dicho Banco, decidió el aumento de que se trata. 

CONSIDERANDO: que analizada la documentación presentada por la compareciente y efectuados los controles de estilo se concluye que la modificación solicitada se adecua a la normativa vigente, dispuesta por la Ley N° 16.060, de 4 de setiembre de 1989 y la normativa específica en materia de intermediación financiera (Ley N° 17.613, de 27 de diciembre de 2002, Decreto-Ley N° 15.322, de 17 de setiembre de 1982 en la redacción dada por la Ley N° 16.327, de 11 de noviembre de 199, el Decreto N° 614/992, de 11 de diciembre de 1992) así como demás disposiciones concordantes y complementarias.

ATENTO: a lo informado por el Banco Central del Uruguay, Auditoría Interna de la Nación del Ministerio de Economía y Finanzas y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

R E S U E L V E:

1º) Apruébase el aumento del capital de la filial en la República Oriental del Uruguay, del Banco de la Nación Argentina, a $ 637:409.930,oo (pesos uruguayos seiscientos treinta y siete millones cuatrocientos nueve mil novecientos treinta).

2º) Comuníquese, notifíquese, expídase testimonio, devuélvase la documentación que Corresponda y archívese.