21/06/04
17/06/04 – SE APRUEBA EL AUMENTO DEL CAPITAL DE LA
FILIAL EN URUGUAY, DEL BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA.
VISTO: la gestión del Banco de la Nación Argentina,
solicitando se le autorice a incrementar el capital asignado a su filial en
la República Oriental del Uruguay, a la suma de $ 637:409.930,oo
(pesos uruguayos seiscientos treinta y siete millones cuatrocientos nueve
mil novecientos treinta).
RESULTANDO: que por Resolución de 13 de agosto de
2003, el Directorio de la Casa Matriz de dicho Banco, decidió el aumento de
que se trata.
CONSIDERANDO: que analizada la documentación
presentada por la compareciente y efectuados los controles de estilo se
concluye que la modificación solicitada se adecua a la normativa vigente,
dispuesta por la Ley N° 16.060, de 4 de setiembre de 1989 y la normativa
específica en materia de intermediación financiera (Ley N° 17.613, de 27
de diciembre de 2002, Decreto-Ley N° 15.322, de 17 de setiembre de 1982 en
la redacción dada por la Ley N° 16.327, de 11 de noviembre de 199, el
Decreto N° 614/992, de 11 de diciembre de 1992) así como demás
disposiciones concordantes y complementarias.
ATENTO: a lo informado por el Banco Central del
Uruguay, Auditoría Interna de la Nación del Ministerio de Economía y
Finanzas y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
R E S U E L V E:
1º) Apruébase el aumento del capital de la filial
en la República Oriental del Uruguay, del Banco de la Nación Argentina, a
$ 637:409.930,oo (pesos uruguayos seiscientos treinta y siete millones
cuatrocientos nueve mil novecientos treinta).
2º) Comuníquese, notifíquese, expídase
testimonio, devuélvase la documentación que Corresponda y archívese.