21/06/04
    
    17/06/04 – SE APRUEBA EL AUMENTO DEL CAPITAL DE LA
    FILIAL EN URUGUAY, DEL BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA.
    VISTO: la gestión del Banco de la Nación Argentina,
    solicitando se le autorice a incrementar el capital asignado a su filial en
    la República Oriental del Uruguay, a la suma de $ 637:409.930,oo
    (pesos uruguayos seiscientos treinta y siete millones cuatrocientos nueve
    mil novecientos treinta).
    
    RESULTANDO: que por Resolución de 13 de agosto de
    2003, el Directorio de la Casa Matriz de dicho Banco, decidió el aumento de
    que se trata. 
    CONSIDERANDO: que analizada la documentación
    presentada por la compareciente y efectuados los controles de estilo se
    concluye que la modificación solicitada se adecua a la normativa vigente,
    dispuesta por la Ley N° 16.060, de 4 de setiembre de 1989 y la normativa
    específica en materia de intermediación financiera (Ley N° 17.613, de 27
    de diciembre de 2002, Decreto-Ley N° 15.322, de 17 de setiembre de 1982 en
    la redacción dada por la Ley N° 16.327, de 11 de noviembre de 199, el
    Decreto N° 614/992, de 11 de diciembre de 1992) así como demás
    disposiciones concordantes y complementarias.
    
    ATENTO: a lo informado por el Banco Central del
    Uruguay, Auditoría Interna de la Nación del Ministerio de Economía y
    Finanzas y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    R E S U E L V E:
    1º) Apruébase el aumento del capital de la filial
    en la República Oriental del Uruguay, del Banco de la Nación Argentina, a
    $ 637:409.930,oo (pesos uruguayos seiscientos treinta y siete millones
    cuatrocientos nueve mil novecientos treinta).
    
    2º) Comuníquese, notifíquese, expídase
    testimonio, devuélvase la documentación que Corresponda y archívese.