28/06/04
    
    24/06/04 – AMPLIACIÓN DEL SUBSIDIO HABITACIONAL
    OTORGADO A LA COOPERATIVA DE PROPIETARIOS POR AYUDA MUTUA, COVILASMALVINAS I
    VISTO: el Convenlo suscrito con fecha 23 de octubre
    de 2003 entre el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
    Ambiente, la Intendencia Municipal de Colonia y el Ministerio de Defensa
    Nacional, a fin de atender la problemática social de ciento sesenta.
    familias con necesidad habitacional, radicadas en los asentamientos
    "Las Malvinas", "La Caballada" y " San
    Fernando", del departamento de Colonia, desarrollando un programa de
    autoconstrucción de viviendas por el régimen cooperativo de ayuda mutua;
    
    RESULTANDO: I) que en la cláusula tercera del citado
    convenio lucen las obligaciones asumidas por el Ministerio de Vivienda,
    Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, que incluía en su numeral I) el
    otorgamiento de un subsidio habitacional a la cooperativa por un monto de
    hasta U.R. 104.000 (Unidades Reajustables ciento cuatro mil);
    
    II) que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha
    11 de diciembre de 2003, la citada Cartera cumplió con la obligación
    referida en el Resultando anterior, otorgando el subsidio habitacional
    comprometido;
    
    III) que con fecha 17 de diciembre de 2003 se
    suscribió el correspondiente contrato de suministro de viviendas, según
    surge de fojas 88 a 92 del Expediente N° 2003/14001/1/02875 del Ministerio
    de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente;
    
    IV) que el Instituto de Asistencia Técnica COLSAC y
    la Cooperativa de Viviendas "COVILASMALVINAS I", han solicitado
    una ampliación de subsidio, destinado a financiar elementos de
    infraestructura interna, parte del predio y honorarios técnicos para
    asegurar el éxito del programa;
    
    V) que el monto de ampliación solicitado ascendería
    a U.R. 200 (Unidades Reajustables doscientas) por vivienda, lo que determina
    un total de U,R. 32.000 (Unidades Reajustables treinta y dos mil);
    
    CONSIDERANDO: I) que la Dirección Nacional de
    Vivienda del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
    Ambiente sugiere acceder a lo solicitado por los gestionantes;
    
    II) que se realizó la previsión financiera, luce a
    fojas 100 la pertinente constancia de afectación de crédito, habiéndose
    intervenido preventivamente el gasto por el Tribunal de Cuentas de la
    República, en sesión de fecha 5 de mayo de 2004 (Carpeta N° 200139);
    
    III) que se estima conveniente actuar conforme a lo
    sugerido por la Dirección Nacional de Vivienda del Ministerio de Vivienda,
    Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente;
    
    ATENTO: a lo expuesto precedentemente;
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE:
    1°.- Arnplíase en un monto U.R. 200 (Unidades
    Reajustables doscientas) por vivienda, lo que determina un total de U.R.
    32.000 (Unidades Reajustables treinta y dos mil), el subsidio habitacional
    otorgado a la Cooperativa de Propietarios por Ayuda Mutua, COVILASMALVINAS
    I, en el marco del Convenio suscrito con fecha 23 de octubre de 2003, entre
    el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, la
    Intendencia Municipal de Colonia y el Ministerio de Defensa Nacional, citado
    en el Visto de la presente.-
    
    2°.- La erogación resultante se atenderá con cargo
    al Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización
    
    3°.- Comuníquese al Ministerio de Defensa Nacional,
    a la Intendencia Municipal de Colonia y vuelva al Ministerio de Vivienda,
    Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente para su notificación a los
    interesados y demás efectos.-