28/06/04

24/06/04 – SE CONFIRMA RESOLUCIÓN DEL P.E. DE 8/01/2004, QUE ESTABLECIÓ SERVIDUMBRE DE OCUPACIÓN ACCESORIA AL TÍTULO MINERO "PERMISO DE EXPLORACIÓN" OTORGADO A ITALO CHECUZ Y LEILA MILANI.

VISTO: los recursos de revocación y jerárquico en subsidio interpuestos por Italo Checuz y Leila Milani, contra la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 8 de enero de 2004, que estableció servidumbre de ocupación accesoria al título minero Permiso de Exploración que les fuera otorgado, afectando el padrón 37002, de la 8ª Sección Catastral del Departamento de Canelones. 

RESULTANDO: I) los recurrentes se agravian por no compartir el importe. a pagar en concepto de indemnización que se estableció por hectárea, así como su reajuste y por la imposibilidad de ocupación de predio;

II) la Asesoría Jurídica indica que no Corresponde el recurso jerárquico interpuesto en subsidio, por haber sido dictada la resolución de marras por el Sr. Ministro en ejercicio de atribuciones delegadas del Poder Ejecutivo, informando sobre el fondo del asunto, que el precio del arrendamiento anual por hectárea lo determina la Dirección de Catastro Nacional, el cual deberá ser actualizado por el Índice de Precios al Consumo, según lo establece el Art. 37 literal a) del Código de Minería, y respecto de la ocupación del bien, señala que el Art. 39 inciso 2° de dicho Código establece que se debe recurrir al Juez de Paz del lugar de ubicación del inmueble, no siendo este asunto un trámite que pueda realizar la Administración, por lo que sugiere ratificar la resolución impugnada.

CONSIDERANDO: que el acto recurrido es ajustado a derecho, corresponde en consecuencia proceder a su confirmatoria.

ATENTO: a lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería, y lo establecido en el Código de Minería.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

R E S U E L V E :

1º.- Confirmase la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 8 de enero de 2004, que estableció servidumbre de ocupación accesoria al título minero Permiso de Exploración otorgado a Italo Checuz y Leila Milani, afectando el padrón 37002, en un área de 47 hás, 0714 m2, de la 8ª Sección Catastral del Departamento de Canelones.

2º.- Comuníquese, publíquese y pase a sus efectos a la Dirección Nacional de Minería y Geología.