30/06/04
30/06/04 – SE DESIGNAN PARA SER EXPROPIADAS VARIAS
FRACCIONES DE TERRENO, DESTINADAS A LAS OBRAS DE LA "RUTA N° 21 TRAMO:
BY PASS DE LA CIUDAD DE CARMELO Y PUENTE SOBRE EL ARROYO LAS VACAS"
VISTO: estos antecedentes relacionados con las obras
de la "Ruta N° 21 Tramo: By Pass de la Ciudad de Carmelo y Puente
sobre el Arroyo Las Vacas".
RESULTANDO: I) Que la Dirección Nacional de
Topografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, informa que a
los efectos de la normal ejecución de las obras de referencia, es necesario
expropiar varias fracciones de terreno, ubicadas en la Localidad Catastral
Carmelo y 6ta. Sección Catastral del Departamento de Colonia;
II) Que la Asesoría Técnica (Área Jurídica) de la
citada Unidad Ejecutora, expresa que no tiene observaciones que formular a
las presentes actuaciones.
CONSIDERANDO: que por lo expuesto, corresponde
resolver en consecuencia.
ATENTO: a lo establecido en el Art. 3° Inc. 2 y Art.
4° Numeral 1° de la Ley de Expropiaciones N° 3958 del 28 de marzo de
1912.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) Desígnase para ser expropiadas por causa de
utilidad pública, declarándose urgente su ocupación, varias fracciones de
terreno, destinadas a las obras de la "Ruta N° 21 Tramo: By Pass de la
Ciudad de Carmelo y Puente sobre el Arroyo Las Vacas", delineadas en
los planos del Ingeniero Agrimensor Tulio Patella de fecha agosto de 1998,
inscriptos en la Dirección Nacional de Catastro (Oficina Delegada de
Colonia) con el N° 9677 el 3 de noviembre del 1999, cuyos padrones se
detallan a continuación:
LOCALIDAD CATASTRAL CARMELO: Padrón N° 6477 su (p);
Padrón N° 6476 su (p); Padrón N° 6475 su (p); Padrón N° 4959 su (p);
Padrón N° 4958 su (p); Padrón N° 4957 su (p); Padrón N° 4956 su (p);
Padrón N° 4955 su (p ) y Padrón N° 5529 su (p).
SECCION CATASTRAL 6ta: Padrón 16602 (p); Padrón
7001 (p); Padrón 7002 (p); Padrón 8602 (p); Padrón N° 8601 (p); Padrón
N° 5638 (p); Padrón 4673 (p); Padrón 11798 (p); Padrón 5688 (p), 10342
(p); Padrón 7362 (P); Padrón 18778 (p); Padrón 7364 (p); Padrón 7508
(p); Padrón 5907 (P); Padrón 6032 (p); Padrón 6040 (p); Padrón 18064
(p); Padrón 6039 (P); Padrón 5644 (p); Padrón 16250 (p) y Padrón 15239
(p).
2°)Previamente a que el Organismo que expropia
apruebe la tasación del bien y disponga la prosecución de los
procedimientos correspondientes deberá efectuarse la imputación preventiva
a efectos de asegurar la disponibilidad de crédito para la misma.
3°) COMUNIQUESE y vuelva a la Dirección Nacional de
Topografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a sus efectos.