07/07/04

07/07/04 – SE AUTORIZA REFORMA DEL ESTATUTO SOCIAL DE BANCO ACAC S.A.

VISTO: la gestión de reforma de Estatutos de Banco "ACAC S.A." para la modificación de su artículo 4°.-

RESULTANDO: I) que por la misma la mencionada institución de intermediación financiera solicita autorización para aumentar el capital contractual de la sociedad elevándolo de $ 800:000.000,00 (pesos uruguayos ochocientos millones) a $ 1.200:000.000,00 (pesos uruguayos mil doscientos millones) .-

II) que con fecha 25 de noviembre de 2002 la Asamblea Extraordinaria de Accionistas resolvió la modificación del artículo 4° del Estatuto Social, aumentando el capital contractual a $ 1.200:000.000,00 (pesos uruguayos mil doscientos millones).-

CONSIDERANDO: que analizada la documentación presentada por la compareciente y efectuados los controles de estilo se concluye que la reforma estatutaria se adecua a la normativa vigente, dispuesta por la Ley N° 16.060, de 4 de setiembre de 1989 y la normativa específica en materia de intermediación financiera (Ley N° 17.613, de 27 de diciembre de 2002, Decreto-Ley N° 15.322, de 17 de setiembre de 1982 en la redacción dada por la Ley N° 16.327, de 11 de noviembre de 1992, el Decreto N° 614/992, de 11 de diciembre de 1992) , asi como demás disposiciones concordantes y complementarias.-

ATENTO: a lo informado por el Banco Central del Uruguay, Auditoria Interna de la Nación del Ministerio de Economía y Finanzas y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Autorízase la reforma del Estatuto Social de Banco "ACAC S.A." por modificación de su articulo 4°, por aumento del capital autorizado a $ 1.200:000.000,00 (pesos uruguayos mil doscientos millones), el que quedará redactado como sigue:

"Articulo 4°.- El capital autorizado se fija en la cantidad de $ 1.200:000.000,00 (pesos uruguayos mil doscientos millones), representados en acciones nominativas de $ 1.000,00 (pesos uruguayos mil) cada una, con derecho a un voto por acción, emitidos en títulos de una o más acciones. El capital estará dividido en dos series de acciones: acciones de la Serie A, por un valor nominal total de $ 250:00.000,00 (pesos uruguayos doscientos cincuenta millones), acciones de la Serie B, por un valor nominal total de $ 950:000.000,00 (pesos uruguayos novecientos cincuenta millones)".-

2°) Comuníquese, expídase testimonio, devuélvase la documentación que Corresponda. Cumplido, archívese.-