07/07/04
07/07/04 – SE AUTORIZA REFORMA DEL ESTATUTO SOCIAL DE
BANCO ACAC S.A.
VISTO: la gestión de reforma de Estatutos de Banco
"ACAC S.A." para la modificación de su artículo 4°.-
RESULTANDO: I) que por la misma la mencionada
institución de intermediación financiera solicita autorización para
aumentar el capital contractual de la sociedad elevándolo de $
800:000.000,00 (pesos uruguayos ochocientos millones) a $ 1.200:000.000,00
(pesos uruguayos mil doscientos millones) .-
II) que con fecha 25 de noviembre de 2002 la Asamblea
Extraordinaria de Accionistas resolvió la modificación del artículo 4°
del Estatuto Social, aumentando el capital contractual a $ 1.200:000.000,00
(pesos uruguayos mil doscientos millones).-
CONSIDERANDO: que analizada la documentación
presentada por la compareciente y efectuados los controles de estilo se
concluye que la reforma estatutaria se adecua a la normativa vigente,
dispuesta por la Ley N° 16.060, de 4 de setiembre de 1989 y la normativa
específica en materia de intermediación financiera (Ley N° 17.613, de 27
de diciembre de 2002, Decreto-Ley N° 15.322, de 17 de setiembre de 1982 en
la redacción dada por la Ley N° 16.327, de 11 de noviembre de 1992, el
Decreto N° 614/992, de 11 de diciembre de 1992) , asi como demás
disposiciones concordantes y complementarias.-
ATENTO: a lo informado por el Banco Central del
Uruguay, Auditoria Interna de la Nación del Ministerio de Economía y
Finanzas y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) Autorízase la reforma del Estatuto Social de
Banco "ACAC S.A." por modificación de su articulo 4°, por
aumento del capital autorizado a $ 1.200:000.000,00 (pesos uruguayos mil
doscientos millones), el que quedará redactado como sigue:
"Articulo 4°.- El capital autorizado se fija en la
cantidad de $ 1.200:000.000,00 (pesos uruguayos mil doscientos millones),
representados en acciones nominativas de $ 1.000,00 (pesos uruguayos mil)
cada una, con derecho a un voto por acción, emitidos en títulos de una o
más acciones. El capital estará dividido en dos series de acciones:
acciones de la Serie A, por un valor nominal total de $ 250:00.000,00 (pesos
uruguayos doscientos cincuenta millones), acciones de la Serie B, por un
valor nominal total de $ 950:000.000,00 (pesos uruguayos novecientos
cincuenta millones)".-
2°) Comuníquese, expídase testimonio, devuélvase
la documentación que Corresponda. Cumplido, archívese.-