07/07/04
07/07/04 – PRÓRROGA A LA USUARIA DE ZONA FRANCA
CONSULTATIO URUGUAY S.A.
VISTO: la gestión promovida por la usuaria de Zona
Franca Consultatio Uruguay S.A., en la que solicita prórroga de la
Resolución del Poder Ejecutivo de 15 de mayo de 2002.-
RESULTANDO: I) que por el citado acto administrativo,
se autorizó a la firma gestionante a reducir al cincuenta por ciento el
porcentaje de personal uruguayo contratado.-
II) que por el numeral 2° de la misma, se
estableció que la vigencia de la autorización sería de doce meses.-
III) que dicho plazo comenzó a correr el 29 de mayo
de, 2002, fecha en la que fue notificado el referido acto administrativo.-
IV) que en esta instancia, la peticionante formula la
solicitud de obrados, alegando que dado el escaso tiempo de su instalación
a la fecha no ha permitido un crecimiento como el esperado.-
CONSIDERANDO: I) que el Art. 18 inciso 1° de la Ley
N° 15.921, de 17 de diciembre de 1987, dispone que los usuarios de Zona
Franca a fin de poder mantener su calidad de tales y las exoneraciones
tributarias, franquicias, beneficios y derechos que esta Ley le acuerda,
emplearán un setenta y cinco por ciento de personal constituido por
ciudadanos uruguayos, previendo en su inciso 2° que en casos excepcionales,
atendiendo a características especiales de la actividad a desarrollar y
razones de interés general, previa autorización del Poder Ejecutivo, que
este porcentaje se podrá reducir.-
II) que resulta de obrados que la gestionante
continúa reuniendo los extremos exigidos por la normativa citada, por lo
que encuadrando su situación en la misma, puede accederse a lo solicitado.-
III) que en atención a la demora en resolver estas
actuaciones -no imputable a la gestionante- corresponde conceder una última
prórroga de quince meses, a contar desde el 29 de mayo de 2003.-
ATENTO: a lo informado por la Dirección General de
Comercio y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) Concédese a la firma Consultatio Uruguay S.A.,
usuaria de Zona Franca de Montevideo, una última prórroga de quince meses,
a contar desde el 29 de mayo de 2003, para la vigencia de la reducción al
cincuenta por ciento del porcentaje de personal uruguayo contratado,
autorizado por Resolución del Poder Ejecutivo de 15 de mayo de 2003.-
2°) Comuníquese, notifíquese y archívese.-