07/07/04

07/07/04 – SE DECLARA CADUCIDAD DEL TÍTULO MINERO "PERMISO DE EXPLORACIÓN" A CONLRAL S.A., SOBRE UN YACIMIENTO DE BALASTO.

VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y Geología tendientes a declarar la caducidad del título minero PERMISO DE EXPLORACIÓN otorgado por resolución de 2 de mayo de 2001 y su modificativa de 2 de agosto de 2001 a CONlRAL S.A., sobre un yacimiento de balasto, en la Sección Catastral Montevideo Rural;

RESULTANDO: I) que el referido título fue otorgado por el plazo de 24 meses siendo notificado el titular el 4 de mayo de 200;

II) que habiendo iniciado el permisario el trámite de Concesión para Explotar, el 29 de mayo de 2003 se prorrogaron sus derechos hasta el otorgamiento de dicho título minero;

III) que el referido trámite de Concesión para Explotar fue dejado sin efecto por incumplimiento, el 12 de agosto de 2003;

CONSIDERANDO: que de acuerdo a lo dispuesto en el art. 21, ordinal I), literal a) del Código de Minería, corresponde declarar la caducidad del presente título por vencimiento del plazo de validez;

CONSIDERANDO: que habiéndose configurado la causal de vencimiento del plazo de validez del título minero prevista en el artículo 21, ordinal I), literal a), del Código de Minería, corresponde declarar su caducidad;

ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1º.- Declárase que se ha producido la caducidad del título minero PERMISO DE EXPLORACIÓN por resolución de 2 de mayo de 2001 y su modificativa de 2 de agosto de 2001, a CONlRAL S.A., sobre un yacimiento de balasto, afectando el padrón 4405 en un área de 9 hás. 2614 m2, en la Sección Catastral Montevideo Rural;

2º.- Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.