07/07/04
07/07/04 – SE DECLARA CADUCIDAD DEL TÍTULO MINERO
"PERMISO DE EXPLORACIÓN" A CONLRAL S.A., SOBRE UN YACIMIENTO DE
BALASTO.
VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la
Dirección Nacional de Minería y Geología tendientes a declarar la
caducidad del título minero PERMISO DE EXPLORACIÓN otorgado por
resolución de 2 de mayo de 2001 y su modificativa de 2 de agosto de 2001 a
CONlRAL S.A., sobre un yacimiento de balasto, en la Sección Catastral
Montevideo Rural;
RESULTANDO: I) que el referido título fue otorgado
por el plazo de 24 meses siendo notificado el titular el 4 de mayo de 200;
II) que habiendo iniciado el permisario el trámite
de Concesión para Explotar, el 29 de mayo de 2003 se prorrogaron sus
derechos hasta el otorgamiento de dicho título minero;
III) que el referido trámite de Concesión para
Explotar fue dejado sin efecto por incumplimiento, el 12 de agosto de 2003;
CONSIDERANDO: que de acuerdo a lo dispuesto en el
art. 21, ordinal I), literal a) del Código de Minería, corresponde
declarar la caducidad del presente título por vencimiento del plazo de
validez;
CONSIDERANDO: que habiéndose configurado la causal
de vencimiento del plazo de validez del título minero prevista en el
artículo 21, ordinal I), literal a), del Código de Minería, corresponde
declarar su caducidad;
ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de
Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º.- Declárase que se ha producido la caducidad del
título minero PERMISO DE EXPLORACIÓN por resolución de 2 de mayo de 2001
y su modificativa de 2 de agosto de 2001, a CONlRAL S.A., sobre un
yacimiento de balasto, afectando el padrón 4405 en un área de 9 hás. 2614
m2, en la Sección Catastral Montevideo Rural;
2º.- Notifíquese, comuníquese y pase a la
Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.