la gestión
promovida por ÉLIDA FERNÁNDEZ VILLANUEVA tendiente a la obtención del
título minero CONCESIÓN PARA EXPLOTAR un yacimiento de ágatas, amatistas,
cuarzos y cornalinas, en la 3ª Sección Catastral del Departamento de
Artigas;
RESULTANDO: I) se ha dado cumplimiento a los
presupuestos exigidos por el Código de Minería;
II) se solicitó Servidumbre por As. 561/03;
III) se ha acreditado el inicio del trámite ante el
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente a los
efectos de la obtención de la Autorización Ambiental Previa;
CONSIDERANDO: que corresponde otorgar el título
minero Concesión para Explotar al haberse cumplido los requisitos de fondo
y forma exigidos por los artículos 100 y 104 del Código de Minería y el
artículo 7 de la Ley No 16.466 de 19 de enero de 1994;
ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de
Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Otorgase a ÉLIDA FERNÁNDEZ VILLANUEVA el
título minero CONCESIÓN PARA EXPLOTAR por el plazo de 30 años, respecto
de un yacimiento de ágatas, amatistas, cuarzos y cornalinas en un área de
44 hás. 0383 m², afectando parcialmente el padrón 1666 de la 3ª Sección
Catastral del Departamento de Artigas.
2°.- La Dirección Nacional de Minería y Geología
dará posesión de la mina a la concesionaria, en los términos previstos
por el artículo 107 del Código de Minería, una vez otorgada la
Autorización Ambiental Previa por parte del Ministerio de Vivienda,
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.
3°.- Notifíquese, comuníquese y pase a la
Dirección Nacional de Minería y Geología.-