15/07/04

14/07/04 – SE AMPLÍA EL NUMERAL 1° DE LA RESOLUCIÓN DEL P.E. DE 24/04/2002, POR LA QUE SE DECLARÓ A LA ASOCIACIÓN CIVIL "THE BRITISH SCHOOLS SOCIETY" EXONERADA DE DETERMINADOS TRIBUTOS EN OCASIÓN DE REALIZAR UNA IMPORTACIÓN

 

VISTO: la gestión promovida por la asociación civil "The British Schools Society" , en la que solicita ampliación de la Resolución del Poder Ejecutivo de 24 de abril de 2002.

RESULTANDO: I) que por el citado acto administrativo se declaró a la referida institución exonerada del pago de recargos, incluido el mínimo, del Impuesto Aduanero Único a la Importación, del Impuesto al Valor Agregado, del Impuesto Especifico Interno, así como de todo otro tributo aplicable en ocasión de la importación de los bienes detallados en anexo que se adjuntaba, por un valor total CIF/Montevideo de U$S 42.849oo (cuarenta y dos mil ochocientos cuarenta y nueve dólares de los Estados Unidos de América).

II) que en esta oportunidad se solicita la ampliación de dicha Resolución, al haberse omitido los bienes relacionados en factura números 301498 y 301499, los que se encuentran incluidos en el total CIF referido en la misma.

CONSIDERANDO: lo expresado, tratándose de material educativo y no existiendo impedimentos jurídicos, puede accederse a la modificación solicitada.

ATENTO: a lo informado por la División Técnico Fiscal y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

R E S U E L V E:

1°) Amplíase el numeral 1° de la Resolución del Poder Ejecutivo de 24 de abril de 2002, por la que se declaró a la asociación civil "The British Schools Society" exonerada de determinados tributos en ocasión de la importación de los bienes detallados en anexo adjunto a la referida Resolución, agregando los bienes detallados en facturas números 301498 y 301499 que se adjuntan, y forman parte de la presente Resolución, estando dichos bienes incluidos en el valor total CIF/Montevideo indicado en el citado acto administrativo de U$S 42.849,oo (cuarenta y dos mil ochocientos cuarenta y nueve dólares de los Estados Unidos de América).

2°) Comuníquese, notifíquese y archívese.