15/07/04

14/07/04 – INMUNIDAD IMPOSITIVA PARA IMPORTACIÓN PROMOVIDA POR LA ASOCIACIÓN URUGUAYA ORT.

 

VISTO: la gestión promovida por la Asociación Uruguaya ORT, en la que solicita autorización para importar con exoneración de recargos y demás gravámenes, diversos bienes.

RESULTANDO: que la gestionante es una institución dedicada a la enseñanza de computación, terciaria, de extensión cultural y promoción social e investigación, encontrándose inscripta en el Registro de Instituciones Culturales de la Dirección de Educación, creado por el artículo 448° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991.

CONSIDERANDO: que la asociación gestionante se encuentra amparada por los artículos 69° de la Constitución de la República y 134° de la Ley N° 12.802, de 30 de noviembre de 1960.

ATENTO: a lo informado por la División Técnico Fiscal, la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas y a lo establecido por el artículo 450° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

R E S U E L V E:

1°) Declárase a la Asociación Uruguaya ORT exonerada de la Tasa Global Arancelaria, de la Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social, del Impuesto al Valor Agregado, de las Tasas Consulares, de la Comisión sobre Importaciones, de la Tasa de Servicios Extraordinarios y de la Tasa de Servicios Automatizados, en ocasión de la importación de los siguientes bienes: cincuenta y cinco equipos de computación Acer con procesador Pentium IV 1,7 Ghz Memoria Central Ampliada 256MB ram, controlador y unidad de disco fijo 40 GB unidad de floppy disk, unidad de CD interfase serie y paralelo, tarjeta de sonido tarjeta Ethernet, cables de conexión, teclado, mouse, sistema operativo Windows SP Prof, monitor color 15"; cuatro impresoras Laser Hewlett Packard; cuatro equipos de computación Servers Acer con procesador Dual Pentium III 1.1 Ghz memoria central ampliada 256MB ram, controlador y tres unidades de disco fijo de 18GB unidad de floppy disk, unidad de CD Rom interfase serie y paralelo, tarjeta Ethernet, cables de conexión, teclado, mouse y monitor color 15" y siete Switches 24 port, por un valor total CIF/Zona Franca de U$S 125.745,oo (ciento veinticinco mil setecientos cuarenta y cinco dólares de los Estados Unidos de América).

 

2°) Los bienes que se mencionan precedentemente no podrán ser enajenados por un plazo de diez años a partir de la fecha de su introducción definitiva al país.

3°) Comuníquese, notifíquese y archívese.