15/07/04
09/07/04 – INMUNIDAD IMPOSITIVA PARA IMPORTACIÓN
PROMOVIDA POR EL MINISTERIO DEL INTERIOR.
VISTO: la gestión promovida por el Ministerio del
Interior en la que solicita exoneración de gravámenes para la importación
de diversos bienes.
RESULTANDO: que el Ministro del Interior, por
Resolución de 3 de setiembre de 2003, adjudicó la Licitación Abreviada
N° 12/003, para la adquisición de máquinas recargadoras de municiones y
un sensor de pólvora para cada una de las máquinas, con destino a la
Jefatura de Policía de Montevideo y a la Oficina de Armamento, Balística y
Equipos Policiales, pertenecientes a dicha Secretaria de Estado.
CONSIDERANDO: I) que el artículo 463° de la Ley N°
16.226, de 29 de octubre de 1991, declara que el Estado, los Organismos
comprendidos en el articulo 220° de la Constitución de la República y los
Gobiernos Departamentales gozan de inmunidad impositiva, tanto nacional como
departamental, por los bienes y actividades no comerciales ni industriales.
II) que el artículo 581° de la Ley N° 17.296, de
21 de febrero de 2001, reglamentado por Decreto N° 333/001, de 21 de agosto
de 2001, dispone que la inmunidad impositiva establecida por el articulo
463° de la Ley N° 16.226 citada, no tendrá aplicación cuando la misma
implique un trato discriminatorio para los bienes de producción nacional
ofrecidos en plaza con respecto a los importados.
III) que el Ministerio de Industria, Energía y
Minería, dictaminó que no existe fabricación nacional sustitutiva de los
bienes a importar.
ATENTO: a lo informado por la División Técnico
Fiscal y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
R E S U E L V E:
1°) Declárase que los bienes que se detallan a
continuación, a importar por el Ministerio del Interior, dado su destino,
se encuentran incluidos en el régimen de inmunidad impositiva referido en
el artículo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991: una
máquina de recarga tipo Dillon X L 650 progresiva, con los respectivos
accesorios para la recarga de calibres 38 largo y 9 mm y 3.57, una máquina
de recarga de municiones tipo Dillon 1050, con los respectivos accesorios
para la recarga de calibres 38 y 9 mm, y dos sensores de pólvora en
polvorera, por un valor total CIF/Montevideo de U$S 4.211,oo (cuatro mil
doscientos once dólares de los Estados Unidos de América).
2°) La presente importación se encuentra exonerada
del pago de los siguientes tributos: Tasa Global Arancelaria, Impuesto al
Valor Agregado, Tasas Consulares, Tasa de Servicios Extraordinarios, Tasa de
Servicios Automatizados e Impuesto de contribución al Financiamiento de la
seguridad Social.
3°) Comuníquese y archívese.