15/07/04
14/07/04 – APROBACIÓN DEL CONVENIO ENTRE EL MTOP Y MEC
PARA OBRAS DE REPARACIÓN EN LA BIBLIOTECA NACIONAL
VISTO: el Convenio celebrado el 24 de junio de 2004,
entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Ministerio de
Educación y Cultura.
RESULTANDO: I) que el citado Convenio tiene por
objeto realizar obras de reparación en el edificio de la Biblioteca
Nacional.
II) Que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a
través de su Dirección Nacional de Arquitectura, contribuye con la
asistencia técnica, ejecución de las obras y administración, las que se
realizarán por el régimen de administración directa, así como los
equipos e infraestructura empresarial (Cláusula 3ra.);
III) Que el Ministerio de Educación y Cultura,
contribuirá con la suma de $ 50.715 (pesos uruguayos cincuenta mil
setecientos quince), que se atenderá con cargo a los rubros
correspondientes al Inciso 11, Financiación 11, Unidad Ejecutora 001,
Programa 001, Proyecto 702, Objeto del Gasto 382, Ejercicio 2004, existiendo
los créditos disponibles de acuerdo al artículo 1° del Decreto N°
24/999, de fecha 3 de febrero de 1999, Afectación N° 713, y con el Decreto
N° 90/000 del 3 de marzo de 2000. Dicho monto en efectivo, ajustable por el
Índice General de Costos de la Construcción, elaborado por el Instituto
Nacional de Estadística, será depositado en la Cuenta de la Dirección
Nacional de Arquitectura, del Ministerio de Transporte y Obras Públicas N°
152 2441-0 del Banco de la República Oriental del Uruguay (Cláusulas 3ra.
y 4ta.).
CONSIDERANDO: I) que la realización de los trabajos
indicados en el mencionado Convenio, estarán a cargo de la Dirección
Nacional' de Arquitectura del Ministerio de Transporte y Obras Públicas,
por el régimen de Administración Directa, por lo que es pertinente
autorizar a dicha dependencia para contratar directamente y ordenar el gasto
resultante de los servicios y suministros necesarios a tales fines, según
lo establecido por el Artículo 97 de la Ley N° 15.851 de 24 de diciembre
de 1986;
ATENTO: A lo precedentemente expuesto, procede
aprobar el Convenio de que se trata.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 24 de junio de 2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y el Ministerio de Educación y Cultura, que tiene por finalidad
realizar obras de reparación en el edificio de la Biblioteca Nacional.
2°.- Autorizase a la Dirección Nacional de
Arquitectura del citado Ministerio, a ejecutar, hasta la suma de $ 50.715.-
(pesos uruguayos cincuenta mil setecientos quince) en efectivo, ajustable
por el Índice General de Costos de la Construcción, elaborado por el
Instituto Nacional de Estadística, la realización de las indicadas obras
por el régimen de Administración Directa.
3°.- Autorízase, asimismo, a la Dirección Nacional
de Arquitectura, a efectuar todos los aprovisionamientos necesarios al
amparo de lo dispuesto en el Artículo 97 de la Ley N° 15.851 de 24 de
diciembre de 1986,
4°.- Establécese que el Ministerio de Educación y
Cultura deberá, previa intervención de las oficinas pertinentes, poner a
disposición de la Dirección Nacional de Arquitectura, el aporte en
efectivo referido, en la Cuenta N° 152 2441-0 del Banco de la República
Oriental del Uruguay (Casa Central) de la indicada Dirección ~
5°.- Establécese que la Dirección Nacional de
Arquitectura, deberá rendir cuenta documentada de los fondos puestos a su
disposición de acuerdo con las normas legales reglamentarias.
6º.- Comuníquese y vuelva -por su orden -al
Departamento de Convenios, Ministerio de Educación y Cultura y Dirección
Nacional de Arquitectura la sus efectos.