15/07/04
    14/04/04 - AFECTASE AL MINISTERIO DE TRANSPORTE
    PADRÓN 23514 DE MONTEVIDEO PARA LAS OBRAS DEL "RAMAL DE RUTA N° 1 -
    ACCESOS A PUNTA DE SAYAGO"
     
    
    VISTO: estos antecedentes relacionados con las obras
    del "Ramal de Ruta N° 1 -Accesos a Puerto Puntas de Sayago".
    
    RESULTANDO: I) Que la Dirección Nacional de
    Topografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, informa que a
    los efectos de la normal ejecución de las obras de referencia, es necesario
    desafectar de su actual destino afectándola a la mencionada Secretaría de
    Estado, una fracción de terreno, perteneciente al Patrimonio del Estado,
    (Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca), Padrón N° 23514, ubicada
    en la Sección Catastral Montevideo Rural; II) Que la Asesoría Técnica
    (Área Jurídica) de la ya mencionada Unidad Ejecutora, expresa que no tiene
    observaciones que formular desde el punto de vista legal a estas
    actuaciones.
    
    CONSIDERANDO: que por lo expuesto, corresponde
    resolver en consecuencia.
    
    ATENTO: a lo establecido en el Art. 3° Inc. 2 y Art.
    4° Numeral 1º de la Ley de Expropiaciones N° 3958 de128 de marzo de 1912
    y Artículos 1º y 2° del Decreto Ley N° 15.069 del 16 de octubre de 1980,
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE.:
    1º) Desígnase para ser desafectada de su actual
    destino, afectándola al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, una
    fracción de terreno perteneciente al Patrimonio del Estado (Ministerio de
    Ganadería Agricultura y Pesca), Padrón N° 23514, ubicada en la Sección
    Catastral Montevideo Rural, destinada a las obras del "Ramal de Ruta
    N° 1 - Accesos a Puerto Puntas de Sayago"; dicha fracción se
    encuentra señalada con el Nº 1 en el plano parcelario del Ingeniero
    Agrimensor Francisco Gervaz, de fecha mayo 2004
    
    2º) Comuníquese y vuelva a la Dirección Nacional
    de Topografía para su toma de razón.