15/07/04

14/04/04 - AFECTASE AL MINISTERIO DE TRANSPORTE PADRÓN 23514 DE MONTEVIDEO PARA LAS OBRAS DEL "RAMAL DE RUTA N° 1 - ACCESOS A PUNTA DE SAYAGO"

 

VISTO: estos antecedentes relacionados con las obras del "Ramal de Ruta N° 1 -Accesos a Puerto Puntas de Sayago".

RESULTANDO: I) Que la Dirección Nacional de Topografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, informa que a los efectos de la normal ejecución de las obras de referencia, es necesario desafectar de su actual destino afectándola a la mencionada Secretaría de Estado, una fracción de terreno, perteneciente al Patrimonio del Estado, (Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca), Padrón N° 23514, ubicada en la Sección Catastral Montevideo Rural; II) Que la Asesoría Técnica (Área Jurídica) de la ya mencionada Unidad Ejecutora, expresa que no tiene observaciones que formular desde el punto de vista legal a estas actuaciones.

CONSIDERANDO: que por lo expuesto, corresponde resolver en consecuencia.

ATENTO: a lo establecido en el Art. 3° Inc. 2 y Art. 4° Numeral 1º de la Ley de Expropiaciones N° 3958 de128 de marzo de 1912 y Artículos 1º y 2° del Decreto Ley N° 15.069 del 16 de octubre de 1980,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE.:

1º) Desígnase para ser desafectada de su actual destino, afectándola al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, una fracción de terreno perteneciente al Patrimonio del Estado (Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca), Padrón N° 23514, ubicada en la Sección Catastral Montevideo Rural, destinada a las obras del "Ramal de Ruta N° 1 - Accesos a Puerto Puntas de Sayago"; dicha fracción se encuentra señalada con el Nº 1 en el plano parcelario del Ingeniero Agrimensor Francisco Gervaz, de fecha mayo 2004

2º) Comuníquese y vuelva a la Dirección Nacional de Topografía para su toma de razón.