15/07/04
14/04/04 - AFECTASE AL MINISTERIO DE TRANSPORTE
PADRÓN 23514 DE MONTEVIDEO PARA LAS OBRAS DEL "RAMAL DE RUTA N° 1 -
ACCESOS A PUNTA DE SAYAGO"
VISTO: estos antecedentes relacionados con las obras
del "Ramal de Ruta N° 1 -Accesos a Puerto Puntas de Sayago".
RESULTANDO: I) Que la Dirección Nacional de
Topografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, informa que a
los efectos de la normal ejecución de las obras de referencia, es necesario
desafectar de su actual destino afectándola a la mencionada Secretaría de
Estado, una fracción de terreno, perteneciente al Patrimonio del Estado,
(Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca), Padrón N° 23514, ubicada
en la Sección Catastral Montevideo Rural; II) Que la Asesoría Técnica
(Área Jurídica) de la ya mencionada Unidad Ejecutora, expresa que no tiene
observaciones que formular desde el punto de vista legal a estas
actuaciones.
CONSIDERANDO: que por lo expuesto, corresponde
resolver en consecuencia.
ATENTO: a lo establecido en el Art. 3° Inc. 2 y Art.
4° Numeral 1º de la Ley de Expropiaciones N° 3958 de128 de marzo de 1912
y Artículos 1º y 2° del Decreto Ley N° 15.069 del 16 de octubre de 1980,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE.:
1º) Desígnase para ser desafectada de su actual
destino, afectándola al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, una
fracción de terreno perteneciente al Patrimonio del Estado (Ministerio de
Ganadería Agricultura y Pesca), Padrón N° 23514, ubicada en la Sección
Catastral Montevideo Rural, destinada a las obras del "Ramal de Ruta
N° 1 - Accesos a Puerto Puntas de Sayago"; dicha fracción se
encuentra señalada con el Nº 1 en el plano parcelario del Ingeniero
Agrimensor Francisco Gervaz, de fecha mayo 2004
2º) Comuníquese y vuelva a la Dirección Nacional
de Topografía para su toma de razón.