21/07/04 

21/07/04 – EXONERACIÓN TRIBUTARIA PARA EL INSTITUTO NACIONAL DE CARNES

VISTO: la gestión promovida por el Instituto Nacional de Carnes (INAC) en la que solicita se le autorice a importar con exoneración tributaria cuatro vehículos marca Peugeot.-

RESULTANDO: I) que el Instituto Nacional de Carnes es persona pública no estatal por Decreto-Ley N° 15.605, de 27 de julio de 1984, para la proposición, asesoramiento y ejecución de la Política de Carnes, cuya determinación corresponde al Poder Ejecutivo.-

II) que los vehículos que se proyecta importar serán destinados a la realización de las actividades que le encomendaron por Resolución del Poder Ejecutivo N° 1423/000, de 7 de diciembre de 2000.-

CONSIDERANDO: que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 5° del Decreto-Ley N° 15.605, de 27 de julio de 1984 el gestionante se encuentra exonerado de todo tipo de tributos, aportes y contribuciones.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo informado por la Asesoría Jurídica.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Declárase al Instituto Nacional de Carnes (INAC) exonerado del pago de la Tasa Global Arancelaria, Impuesto Especifico Interno, Impuesto al Valor Agregado, Tasas Consulares, Tasa de Servicios Extraordinarios y Tasa de Servicios Automatizados, en ocasión de la importación de cuatro vehículos marca Peugeot, modelo 206 XR BREAK HDI 1.398 c.c., tipo rural por un valor total CIF/Montevideo de U$S 34.000,00 (treinta y cuatro mil dólares de los Estados Unidos de América) .-

2°) Comuníquese, notifique se y archívese.-