21/07/04 

21/07/04 – SE AUTORIZA A UTE A PRORROGAR EL CONVENIO MARCO CELEBRADO EL 29/10/2001 CON LA EMPRESA LUARTIN S.A.(ACTUALMENTE URUTRANSFOR S.A.)

VISTO: la solicitud promovida por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE);

RESULTANDO: que por la misma solicita prorrogar hasta el 29 de octubre de 2007, el convenio marco suscrito el 29 de octubre de 2001 con la empresa LUARTIN S.A. (hoy URUTRANSFOR S.A.), y que le permite adquirir, en forma directa, transformadores de fabricación nacional en un porcentaje de hasta el 50% de sus necesidades de consumo;

CONSIDERANDO: I) que la contratación en cuestión contempla las necesidades y los intereses del ente al tiempo que fomenta el desarrollo de la industria nacional en el rubro fabricación de transformadores, generando fuentes de trabajo para mano de obra nacional;

II) que el artículo 23 del Decreto Ley Nº 15.031 de 4 de julio de 1980, habilita a UTE a realizar compras directas previa autorización fundada del Poder Ejecutivo;

III) que el artículo 2° del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF) establece que sus disposiciones se aplicarán a los entes industriales o comerciales del Estado en tanto sus leyes orgánicas no establezcan regímenes especiales;

ATENTO: a lo expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Autorízase a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) a prorrogar el convenio marco celebrado el 29 de Octubre de 2001 con la empresa LUARTIN S.A.(actualmente URUTRANSFOR S.A.) por el término máximo de tres años a partir del 29 de octubre de 2004, con el objeto adquirir transformadores de fabricación nacional en un porcentaje de hasta el 50% de sus necesidades de consumo.

2°.- Comuníquese, notifíquese , etc.