las presentes
actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y Geología
tendientes a declarar la caducidad del título minero CONCESIÓN para
EXPLOTAR otorgado a HUBER ANÍBAL PESCA por resolución de 8 de setiembre de
1999, sobre un yacimiento de balasto y tosca, en la 1ª Sección Judicial
del Departamento de MaIdonado;
RESULTANDO: I) que el plazo de vigencia de dicho
título se estableció en 5 años labrándose el Acta de toma de posesión
el 30 de setiembre de 1999;
II) el concesionario ha incurrido en falta de pago de
dos años continuos del canon de producción;
CONSIDERANDO: que habiéndose configurado la causal
prevista en el artículo 21, ordinal II), literal c), num. 1 del Código de
Minería, corresponde declarar su caducidad;
ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de
Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Declárase que se ha producido la caducidad del
título minero CONCESIÓN para EXPLOTAR otorgado a HUBER ANÍBAL PESCA por
resolución de 8 de setiembre de 1999, sobre un yacimiento de balasto y
tosca, por el plazo de 5 años, afectando el padrón 347 en un área de 2
hás. 6139 m², en la 1ª Sección Judicial del Departamento de MaIdonado.
2°.- Notifíquese, comuníquese y pase a la
Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.-