las presentes
    actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y Geología
    tendientes a declarar la caducidad del título minero CONCESIÓN para
    EXPLOTAR otorgado a HUBER ANÍBAL PESCA por resolución de 8 de setiembre de
    1999, sobre un yacimiento de balasto y tosca, en la 1ª Sección Judicial
    del Departamento de MaIdonado;
    
    RESULTANDO: I) que el plazo de vigencia de dicho
    título se estableció en 5 años labrándose el Acta de toma de posesión
    el 30 de setiembre de 1999;
    
    II) el concesionario ha incurrido en falta de pago de
    dos años continuos del canon de producción;
    
    CONSIDERANDO: que habiéndose configurado la causal
    prevista en el artículo 21, ordinal II), literal c), num. 1 del Código de
    Minería, corresponde declarar su caducidad;
    
    ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de
    Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del
    Ministerio de Industria, Energía y Minería;
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE:
    1°.- Declárase que se ha producido la caducidad del
    título minero CONCESIÓN para EXPLOTAR otorgado a HUBER ANÍBAL PESCA por
    resolución de 8 de setiembre de 1999, sobre un yacimiento de balasto y
    tosca, por el plazo de 5 años, afectando el padrón 347 en un área de 2
    hás. 6139 m², en la 1ª Sección Judicial del Departamento de MaIdonado.
    
    2°.- Notifíquese, comuníquese y pase a la
    Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.-