el recurso de
    revocación deducido por Roberto IPAR y Eduardo RODRIGUEZ DE ALMEIDA, contra
    la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 28 de abril de 2004;
    
    RESULTANDO: I) que la referida resolución declaró
    la caducidad de la Concesión para Explotar otorgado a los recurrentes por
    resolución de 27 de agosto de 1997 , sobre un yacimiento de ágatas,
    amatistas, cornalinas, cuarzos y demás minerales de la familia de los
    sílices, afectando parcialmente el padrón 1746 en un área de 31 hás 5000
    m.c. de la 3ª Sección Judicial del Departamento de Artigas;
    
    II) que los recurrentes interponen el recurso de
    revocación correspondiente, postulando la revocación del acto, en mérito
    a la argumentación de fs 237 a 241;
    
    III) que informa la Asesoría Jurídica,
    estableciendo que la caducidad opera de pleno derecho, que de forma alguna
    hubo indefensión habiéndole conferido vista la que no fue evacuada previo
    al dictado del acto declarativo de la caducidad;
    
    CONSIDERANDO: se comparte lo informado por la
    Asesoría Jurídica resolviendo en consecuencia;
    
    ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de
    Minería y Geología y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria
    Energía y Minería;
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE:
    1°) Confírmase la resolución de fecha 28 de abril
    de 2004 que declaró la caducidad del título "Concesión para
    Explotar" otorgado a Roberto IPAR y Eduardo RODRIGUEZ DE ALMEIDA, por
    resolución de 27 de agosto de 1997, sobre un yacimiento de ágatas,
    amatistas, cornalinas, cuarzos y demás minerales de la familia de los
    sílices, afectando parcialmente el padrón 1746 en un área de 31 hás 5000
    m.c. de la 3ª Sección Judicial del Departamento de Artigas
    
    2°) Notifíquese, comuníquese y pase a la
    Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.-