el recurso de
revocación deducido por Roberto IPAR y Eduardo RODRIGUEZ DE ALMEIDA, contra
la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 28 de abril de 2004;
RESULTANDO: I) que la referida resolución declaró
la caducidad de la Concesión para Explotar otorgado a los recurrentes por
resolución de 27 de agosto de 1997 , sobre un yacimiento de ágatas,
amatistas, cornalinas, cuarzos y demás minerales de la familia de los
sílices, afectando parcialmente el padrón 1746 en un área de 31 hás 5000
m.c. de la 3ª Sección Judicial del Departamento de Artigas;
II) que los recurrentes interponen el recurso de
revocación correspondiente, postulando la revocación del acto, en mérito
a la argumentación de fs 237 a 241;
III) que informa la Asesoría Jurídica,
estableciendo que la caducidad opera de pleno derecho, que de forma alguna
hubo indefensión habiéndole conferido vista la que no fue evacuada previo
al dictado del acto declarativo de la caducidad;
CONSIDERANDO: se comparte lo informado por la
Asesoría Jurídica resolviendo en consecuencia;
ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de
Minería y Geología y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria
Energía y Minería;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) Confírmase la resolución de fecha 28 de abril
de 2004 que declaró la caducidad del título "Concesión para
Explotar" otorgado a Roberto IPAR y Eduardo RODRIGUEZ DE ALMEIDA, por
resolución de 27 de agosto de 1997, sobre un yacimiento de ágatas,
amatistas, cornalinas, cuarzos y demás minerales de la familia de los
sílices, afectando parcialmente el padrón 1746 en un área de 31 hás 5000
m.c. de la 3ª Sección Judicial del Departamento de Artigas
2°) Notifíquese, comuníquese y pase a la
Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.-