23/07/04
22/07/04 – SE APRUEBA CONVENIO CELEBRADO EL 08/07/2004
ENTRE EL MTOP Y EL ROTARY CLUB DE PAN DE AZÚCAR.
VISTO: el Convenio celebrado el 8 de julio de 2004,
entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Rotary Club de Pan
de Azúcar, Departamento de MaIdonado.
RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye
para realizar la construcción del Destacamento de Bomberos de Pan de
Azúcar, obra ya iniciada, dependiente de la Dirección Nacional de Bomberos
y ubicada en el predio de la Comisaría 3ª Sección de Pan de Azúcar, con
la suma de $180.000.- en efectivo;
II) Que el Rotary Club, por su parte, contribuye con
la suma de $ 2.220.000.
III) Que la División Contabilidad y Finanzas del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado,
han efectuado la intervención previa que les compete;
CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;
ATENTO: A lo precedentemente expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 8 de julio de 2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y el Rotary Club de Pan de Azúcar, Departamento de Maldonado;
para realizar la construcción del Destacamento de Bomberos de Pan de
Azúcar, obra ya iniciada, dependiente de la Dirección Nacional de Bomberos
y ubicada en el predio de la Comisaría 3ª Sección de Pan de Azúcar.
2°.- Autorízase, la inversión de la suma de
$180.000.- (pesos uruguayos ciento ochenta mil), como contribución del
citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo
a la Ley N° 16.736 del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Unidad Ejecutora 001,
Financiación 1.4, Programa 001, Proyecto 702, Objeto de Gasto 564,
Ejercicio 2004, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Artículo
1° del Decreto N° 24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, Afectación N°
416, y con el Decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.
3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, de la suma de $180.000.- (pesos uruguayos
ciento ochenta mil), en 1 (una) cuota, a favor del Banco de la República
Oriental del Uruguay, para ser depositada en la Cuenta perteneciente al
Rotary Club de Pan de Azúcar , la que se atenderá con cargo a los recursos
que por la presente Resolución se autorizan.
4°.- Comuníquese y previa intervención por parte
de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de
Convenios a sus efectos.