23/07/04 

22/07/04 – SE APRUEBA CONVENIO CELEBRADO EL 08/07/2004 ENTRE EL MTOP Y EL ROTARY CLUB DE PAN DE AZÚCAR.

 

VISTO: el Convenio celebrado el 8 de julio de 2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Rotary Club de Pan de Azúcar, Departamento de MaIdonado.

RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para realizar la construcción del Destacamento de Bomberos de Pan de Azúcar, obra ya iniciada, dependiente de la Dirección Nacional de Bomberos y ubicada en el predio de la Comisaría 3ª Sección de Pan de Azúcar, con la suma de $180.000.- en efectivo;

II) Que el Rotary Club, por su parte, contribuye con la suma de $ 2.220.000.

III) Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la intervención previa que les compete;

CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;

ATENTO: A lo precedentemente expuesto.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 8 de julio de 2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Rotary Club de Pan de Azúcar, Departamento de Maldonado; para realizar la construcción del Destacamento de Bomberos de Pan de Azúcar, obra ya iniciada, dependiente de la Dirección Nacional de Bomberos y ubicada en el predio de la Comisaría 3ª Sección de Pan de Azúcar.

2°.- Autorízase, la inversión de la suma de $180.000.- (pesos uruguayos ciento ochenta mil), como contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo a la Ley N° 16.736 del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Unidad Ejecutora 001, Financiación 1.4, Programa 001, Proyecto 702, Objeto de Gasto 564, Ejercicio 2004, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N° 24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, Afectación N° 416, y con el Decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.

3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de la suma de $180.000.- (pesos uruguayos ciento ochenta mil), en 1 (una) cuota, a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay, para ser depositada en la Cuenta perteneciente al Rotary Club de Pan de Azúcar , la que se atenderá con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.

4°.- Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos.