23/07/04
22/07/04 – SE APRUEBA CONVENIO CELEBRADO EL 21/06/2004
ENTRE EL MTOP, LA ANEP Y LA COMISIÓN DE FOMENTO DE LA ESCUELA TÉCNICA DE
NUEVA PALMIRA.
VISTO: el Convenio celebrado el 21 de junio de 2004,
entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración
Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento de la Escuela
Técnica de Nueva Palmira, del Departamento de Colonia.
RESULTANDO: I) que con fecha trece de diciembre de
2001 se firmó un Convenio marco entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado por
el Poder Ejecutivo con fecha 31/12/2001.
II) que el Convenio mencionado en el visto de la
presente Resolución con un aporte de la Administración Nacional de
Educación Pública de $177.592.-(pesos uruguayos ciento sesenta y siete mil
quinientos noventa y dos), del que se deducirán las Leyes Sociales
correspondientes y honorarios del técnico actuante. El monto resultante
será depositado en 1 (una) cuota, para realizar la sustitución de cubierta
de chapas galvanizadas (350 m2), reparación de humedad de cimientos en
muros y pintura en general.
CONSIDERANDO: I) que el Convenio relacionado se
ajusta a lo dispuesto en el artículo 20° de la Ley 17.243 del 29 de Junio
de 2000, al artículo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y
al numeral tercero del artículo quinto del citado Convenio marco.
ATENTO: a la normativa mencionada y a los informes de
los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la
Administración Nacional de Educación Pública.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
R E S U E L V E:
1°. Apruébase, en todas sus parles, el Convenio
celebrado el 21 de junio de 2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión
Fomento de la Escuela Técnica de Nueva Palmira, del Departamento de
Colonia, con el objeto de realizar la sustitución de cubierta de chapas
galvanizadas (350 m2), reparación de humedad de cimientos, en muros y
pintura en general.
2°. Comuníquese, y previo conocimiento de la
Auditoría Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración
Nacional de Educación Pública, pase a la
Gerencia de Inversiones de la citada Administración a
efectos de gestionar la transferencia a la Caja de Ahorros N° 0290020241,
del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal Nueva Palmira),
perteneciente a la Comisión Fomento de la Escuela Técnica de Nueva
Palmira. Cumplido, vuelva con la constancia de dicha transferencia al
Departamento de Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a
sus efectos.