23/07/04
22/07/04 – SE APRUEBA CONVENIO CELEBRADO EL 21/06/2004
ENTRE EL MTOP, LA ANEP Y LA COMISIÓN DE FOMENTO DE LA ESCUELA DE MUSICA N°
144 DE CARMELO.
VISTO: el Convenio celebrado el 21 de junio de 2004,
entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración
Nacional de Educación Pública y la Comisión de Fomento de la Escuela de
Música N° 144 de Carmelo, del Departamento de Colonia.
RESULTANDO: I) que con fecha trece de diciembre de
2001 se firmó un convenio marco entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado por
el Poder Ejecutivo con fecha 31/12/2001.
II) que el Convenio mencionado en el visto de la
presente Resolución con un aporte de la Administración Nacional de
Educación Pública de $173.196.- (pesos uruguayos ciento setenta y tres mil
ciento noventa y seis), del que se deducirán los honorarios profesionales y
las Leyes Sociales correspondientes. El monto resultante será depositado en
1 (una) cuota, para realizar la sustitución de cubierta de chapas
galvanizadas sobre dirección, refacciones varias en el local: humedad de
cimiento baños de alumnos, aberturas, pisos, revoques y pintura.
CONSIDERANDO: I) que el Convenio relacionado se
ajusta a lo dispuesto en artículo 20° de la Ley N° 17.243 del 29 de Junio
de 2000, al artículo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y
al numeral tercero del artículo quinto del citado Convenio marco.
ATENTO: a la normativa mencionada y a los informes de
los técnicos del Ministerio Transporte y Obras Públicas y de la
Administración Nacional de Educación Pública.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
R E S U E L V E:
1°. Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 21 de junio de 2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión
Fomento de la Escuela de Música N° 144 de Carmelo, del Departamento de
Colonia, con el objeto de realizar la sustitución de cubierta de chapas
galvanizadas sobre dirección, refacciones varias en el local: humedad de
cimiento, baños de alumnos, aberturas, pisos, revoques y pintura.
2°. Comuníquese, y previo conocimiento de la
Auditoría Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración
Nacional de Educación Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la
citada Administración a efectos de gestionar la transferencia a la Cuenta
caja de Ahorros N° 0060957, del Banco de .la República Oriental del
Uruguay (Sucursal Carmelo), perteneciente a la Comisión Fomento de la
Escuela de Música N° 144 de Carmelo. Cumplido, vuelva con la constancia de
dicha transferencia al Departamento de Convenios del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.