23/07/04 

22/07/04 – SE APRUEBA CONVENIO CELEBRADO DEL 21/06/2004 ENTRE EL MTOP, LA ANEP Y LA COMISIÓN DE FOMENTO DE LA ESCUELA RURAL N° 54 DE EL CUADRO, DEPARTAMENTO DE COLONIA.

 

VISTO: el Convenio celebrado el 21 de junio de 2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento de la Escuela Rural N° 54, de El Cuadro del Departamento de Colonia.

RESULTANDO: I) que con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un Convenio marco entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha 31/12/2001.

II) que el Convenio mencionado en el visto de la presente Resolución con un aporte de la Administración Nacional de Educación Pública de $90.000.- (pesos uruguayos noventa mil), del que se deducirán las Leyes Sociales correspondientes. El monto resultante será depositado en 1 (una) cuota, para realizar la impermeabilización de azotea con membrana y terminación de aluminio (290 m2), suministro y colocación de tres ventanas de aluminio y pintura en general.

CONSIDERANDO: I) que el Convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo 20° de la Ley N° 17.243 del 29 de Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del artículo quinto del citado Convenio marco.

ATENTO: a la normativa mencionada y a los informes de los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la Administración Nacional de Educación Pública.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

R E S U E L V E:

1°. Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 21 de junio de 2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento de la Escuela Rural N° 54 de El Cuadro, del Departamento de Colonia, con el objeto de realizar la impermeabilización de azotea con membrana y terminación de aluminio (290 m2), suministro y colocación de tres ventanas de aluminio y pintura en general.

2°. Comuníquese, y previo conocimiento de la Auditoría Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos de gestionar la transferencia a la Cuenta N° 0180007665, del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal Tarariras), perteneciente a la Comisión Fomento de la Escuela N° 54 de El Cuadro. Cumplido, vuelva con la constancia de dicha transferencia al Departamento de Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.