05/08/04
21/07/04 – EXONERACIÓN TRIBUTARIA PARA EL CLUB DE
LEONES DE NUEVA PALMIRA
VISTO: la gestión promovida por la asociación civil
Club de Leones de Nueva Palmira, en la que solicita autorización para
importar con exoneración de recargos y demás gravámenes, dos sillas de
ruedas.-
RESULTANDO: I) que surge que la gestionante es una
asociación civil sin fines de lucro, con personería jurídica vigente, y
estatutos aprobados por Resolución del Ministerio de Educación y Cultura
de 9 de mayo de 1990 e inscriptos el 31 de mayo del mismo año.-
II) que el objeto de dicha asociación es servir a la
comunidad.-
III) que los bienes de referencia son recibidos en
carácter de donación de el Club de Leones Vicente López de la República
Argentina.-
CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo establecido en
el artículo 134° de la Ley N° 12.802, de 30 de noviembre de 1960, están
exoneradas de impuestos nacionales las asociaciones benéficas de asistencia
gratuita a pobres, enfermos e inválidos.-
II) que en su mérito, corresponde declarar que la
importación precitada está exonerada de los siguientes tributos: Tasa
Global Arancelaria, Impuesto al Valor Agregado, Tasas Consulares y Tasa de
Servicios Extraordinarios.-
ATENTO: a lo informado por la Asesoría Jurídica y
la División Técnico Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas y a lo
establecido por el artículo 450º de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de
1991.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) Declárase a la asociación civil "Club de
Leones Nueva Palmira" exonerado del pago de los siguientes tributos:
Tasa Global Arancelaria, Impuesto al Valor Agregado, Tasas Consulares y Tasa
de Servicios Extraordinarios, en ocasión de la importación de dos sillas
de ruedas con un valor estimativo de U$S 160,00 (ciento sesenta dólares de
los Estados Unidos) .-
2°) Los bienes mencionados no podrán ser enajenados
por un plazo de diez años a partir de la fecha de su introducción
definitiva al país.-
3°) Comuníquese, notifíquese y pase a la Comisión
de Seguimiento y Control creada por Resolución del Ministerio de Economía
y Finanzas de 1° de octubre de 2003.-