05/08/04 

04/08/04 – AUTORIZACIÓN A MARVAL O' FARRELL & MAIRAL INTERNATIONAL PROFESSIONAL SERVICES S.A. A AUMENTAR EL PERSONAL EXTRANJERO

 

VISTO: la gestión promovida por la firma Marval O' Farrell & Mairal International Professional Services S.A. (MOMPIS), usuaria de Zonamérica, por la que solicita autorización para aumentar el porcentaje de personal extranjero en la plantilla de sus empleados.-

RESULTANDO: I) que la gestionante funda su solicitud en virtud de ser una empresa recientemente instalada en Uruguay, en Zonamérica, según Resolución de la Dirección General de Comercio -Área Zonas Francas N° 1159/003, de 14 de julio de 2003.-

II) que la firma gestionante tiene por objeto la prestación de asesoramiento legal comercial y en materia de propiedad intelectual. Los servicios legales que la empresa brinda refieren preferentemente a la jurisdicción legal Argentina y estarán dirigidos a usuarios de zonas francas, así como a empresas localizadas en al región.-

CONSIDERANDO: I) que el inciso 1) del artículo 18° de la Ley N° 15.921, de 17 de diciembre de 1987, exige un mínimo de setenta y cinco por ciento de personal constituido por ciudadanos uruguayos, naturales o legales.-

II) que el inciso 2) del citado artículo 18° faculta al Poder Ejecutivo en casos excepcionales ". ..atendiendo a características especiales de la actividad a desarrollar y razones de interés general" , a autorizar la reducción de dicho porcentaje.-

III) que de acuerdo a lo expresado, puede considerarse que se dan en la especie los requisitos necesarios para autorizar un aumento del porcentaje del personal extranjero.-

ATENTO: a lo informado por la Dirección General de Comercio -Área Zonas Francas, la Asesoría Macroeconómica y Financiera y por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1º) Autorízase a la firma Marval O' Farrell & Mairal International Professional Services S.A.

(MOMPIS), usuaria de Zonamérica, a aumentar el porcentaje del personal extranjero registrado en su plantilla de empleados, la que quedará integrada por cincuenta por ciento de empleados ciudadanos uruguayos y un cincuenta por ciento de empleados de nacionalidad extranjera.-

2°) Se establece que el plazo de vigencia de la presente autorización será de un año.-

3°) Comuníquese, notifíquese y archívese.-