05/08/04
04/08/04 – AUTORIZACIÓN A MARVAL O' FARRELL &
MAIRAL INTERNATIONAL PROFESSIONAL SERVICES S.A. A AUMENTAR EL
PERSONAL EXTRANJERO
VISTO: la gestión promovida por la firma Marval O'
Farrell & Mairal International Professional Services S.A. (MOMPIS),
usuaria de Zonamérica, por la que solicita autorización para aumentar el
porcentaje de personal extranjero en la plantilla de sus empleados.-
RESULTANDO: I) que la gestionante funda su solicitud
en virtud de ser una empresa recientemente instalada en Uruguay, en
Zonamérica, según Resolución de la Dirección General de Comercio -Área
Zonas Francas N° 1159/003, de 14 de julio de 2003.-
II) que la firma gestionante tiene por objeto la
prestación de asesoramiento legal comercial y en materia de propiedad
intelectual. Los servicios legales que la empresa brinda refieren
preferentemente a la jurisdicción legal Argentina y estarán dirigidos a
usuarios de zonas francas, así como a empresas localizadas en al región.-
CONSIDERANDO: I) que el inciso 1) del artículo 18°
de la Ley N° 15.921, de 17 de diciembre de 1987, exige un mínimo de
setenta y cinco por ciento de personal constituido por ciudadanos uruguayos,
naturales o legales.-
II) que el inciso 2) del citado artículo 18° faculta al
Poder Ejecutivo en casos excepcionales ". ..atendiendo a
características especiales de la actividad a desarrollar y razones de
interés general" , a autorizar la reducción de dicho porcentaje.-
III) que de acuerdo a lo expresado, puede considerarse
que se dan en la especie los requisitos necesarios para autorizar un aumento
del porcentaje del personal extranjero.-
ATENTO: a lo informado por la Dirección General de
Comercio -Área Zonas Francas, la Asesoría Macroeconómica y Financiera y
por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º) Autorízase a la firma Marval O' Farrell &
Mairal International Professional Services S.A.
(MOMPIS), usuaria de Zonamérica, a aumentar el
porcentaje del personal extranjero registrado en su plantilla de empleados,
la que quedará integrada por cincuenta por ciento de empleados ciudadanos
uruguayos y un cincuenta por ciento de empleados de nacionalidad
extranjera.-
2°) Se establece que el plazo de vigencia de la
presente autorización será de un año.-
3°) Comuníquese, notifíquese y archívese.-