12/08/04 

12/08/04 - PRÓRROGA DEL INICIO DEL PROCESO DE AMORTIZACIÓN DEL PRÉSTAMO A LA COOPERATIVA DE VIVIENDAS COVICOTER 1

VISTO: la solicitud de prórroga de inicio del plazo de amortización presentada por la cooperativa de viviendas de usuarios por régimen de ayuda mutua COVICOTER 1, inscripta en el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente con el N° 101;

RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo, de 8 de agosto de 2000, se otorgó préstamo y subsidio a la mencionada cooperativa y se estableció, en el numeral 5° de la parte dispositiva, que las cuotas de amortización del préstamo deberán comenzar a abonarse dentro del término de seis meses a partir de la finalización de las obras;

II) que la solicitud planteada obedece a las grandes dificultades financieras por las que ha atravesado la cooperativa, resultantes en gran medida del desfasaje entre la unidad reajustable, moneda en que se pactó el contrato, y los costos de construcción valuados en dólares;

CONSIDERANDO: que la Dirección Nacional de Vivienda entiende pertinente hacer lugar a lo solicitado, lo cual contribuirá a estabilizar la situación financiera de la cooperativa y de sus socios, evitando generar multas y recargos por el no pago de sus cuotas de amortización;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE

1°.- Prorrógase el inicio del proceso de amortización del préstamo otorgado a la cooperativa de viviendas de usuarios por régimen de ayuda mutua COVICOTER 1, el cual dará comienzo en el mes de noviembre de 2004.-

2°.- Vuelva al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, cometiéndole la comunicación al Banco Hipotecario del Uruguay y la notificación a las autoridades de la Cooperativa.-