12/08/04 
    
    12/08/04 - PRÓRROGA DEL INICIO DEL PROCESO DE
    AMORTIZACIÓN DEL PRÉSTAMO A LA COOPERATIVA DE VIVIENDAS COVICOTER 1
    
    VISTO: la solicitud de prórroga de inicio del plazo
    de amortización presentada por la cooperativa de viviendas de usuarios por
    régimen de ayuda mutua COVICOTER 1, inscripta en el Ministerio de Vivienda,
    Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente con el N° 101;
    
    RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder
    Ejecutivo, de 8 de agosto de 2000, se otorgó préstamo y subsidio a la
    mencionada cooperativa y se estableció, en el numeral 5° de la parte
    dispositiva, que las cuotas de amortización del préstamo deberán comenzar
    a abonarse dentro del término de seis meses a partir de la finalización de
    las obras;
    
    II) que la solicitud planteada obedece a las grandes
    dificultades financieras por las que ha atravesado la cooperativa,
    resultantes en gran medida del desfasaje entre la unidad reajustable, moneda
    en que se pactó el contrato, y los costos de construcción valuados en
    dólares;
    
    CONSIDERANDO: que la Dirección Nacional de Vivienda
    entiende pertinente hacer lugar a lo solicitado, lo cual contribuirá a
    estabilizar la situación financiera de la cooperativa y de sus socios,
    evitando generar multas y recargos por el no pago de sus cuotas de
    amortización;
    
    ATENTO: a lo expuesto precedentemente;
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE
    1°.- Prorrógase el inicio del proceso de
    amortización del préstamo otorgado a la cooperativa de viviendas de
    usuarios por régimen de ayuda mutua COVICOTER 1, el cual dará comienzo en
    el mes de noviembre de 2004.-
    
    2°.- Vuelva al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
    Territorial y Medio Ambiente, cometiéndole la comunicación al Banco
    Hipotecario del Uruguay y la notificación a las autoridades de la
    Cooperativa.-