17/08/04 
    
    11/08/04 – SE AMPLÍAN PARTIDAS PARA TRABAJOS EN
    "RUTA N° 12, TRAMO RUTA N° 5 – RUTA N° 6".
    
    VISTO: la gestión promovida por la Dirección
    Nacional de Vialidad, tendiente a la ampliación de las obras denominadas:
    "Ruta N° 12, Tramo: Ruta N° 5 -Ruta N° 6".
    
    RESULTANDO: I) Que los mencionados trabajos fueron
    adjudicados, según el resultado de la Licitación Pública Internacional
    N° 82/98, a la empresa ARNEL S.R.L. por Resolución del Poder Ejecutivo de
    fecha 11 de agosto de 1999.
    
    II) Que la citada Dirección Nacional, en la
    oportunidad gestiona la ampliación de las obras de referencia, a fin de
    realizar un refuerzo localizado del paquete estructural y banquinas, en
    algunos sectores deficitarios del tramo antes de realizar el tratamiento
    bituminoso doble previsto, ya que no será suficiente el aporte de 0,15m. de
    espesor promedio de recargo previsto para soportar las cargas en aquellos
    sectores deteriorados.
    
    III) Que de acuerdo con lo informado por la citada
    dependencia, dicha ampliación -a precios básicos de contrato- asciende a
    la suma de $ 1:733.497,50. para obras, la que incrementada con las partidas
    de I.V.A. y Leyes Sociales totaliza la suma de $ 2:313.576,93
    correspondiendo asimismo, la extensión del plazo de ejecución en 2 meses.
    
    IV) Que el Tribunal de Cuentas de la República
    (Oficina Central - Carpeta N°184.563), al tomar la intervención que le
    compete, no formula observaciones a lo actuado.
    
    ATENTO: a lo establecido por el artículo 63 del
    "TOCAF 1996", aprobado por el Decreto N° 194/997 de 10 de junio
    de 1997.
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    R E S U E L V E:
    1°.- Amplíase -a precios básicos de contrato- en
    las sumas de $ 1:733.497,50 (pesos uruguayos: un millón setecientos treinta
    y tres mil cuatrocientos noventa y siete con cincuenta centésimos) para
    Contrato; $ 398.704,43 (pesos uruguayos: trescientos noventa y ocho mil
    setecientos cuatro con cuarenta y tres centésimos) para I.V.A. (23%) y $
    181.375,00 (pesos uruguayos: ciento ochenta y un mil trescientos setenta y
    cinco) para Leyes Sociales, las respectivas partidas originales autorizadas
    por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 11 de agosto de 1999, por la
    que se adjudicó la Licitación Pública Internacional N° 82/98, a fin de
    realizar un refuerzo localizado del paquete estructural y banquinas en el
    tramo adjudicado.
    
    2°.- Autorízase a los fines indicados, la
    inversión de la suma total $ 2:313.576,93 (pesos uruguayos: dos millones
    trescientos trece mil quinientos setenta y seis con noventa y tres
    centésimos), más los Mayores Costos resultantes los que se atenderá con
    cargo al Inciso 10, Programa 003, Proyecto 722, Financiación 1.4 FIMTOP,
    Ejercicio 2004.
    
    3°.- Prorrógase el plazo de ejecución de las obras
    en 2 (dos) meses.
    
    4°.- La notificación a la firma adjudicataria
    constituirá a todos los efectos legales el contrato correspondiente a que
    se refieren las disposiciones del Pliego y normas legales y reglamentarias
    vigentes, siendo las obligaciones y derechos de la empresa referida las que
    surgen de los Pliegos, de su oferta y de las normas jurídicas aplicables.
    
    5°.- La firma adjudicataria, a partir del día
    siguiente de la notificación de la presente resolución, dispondrá de un
    plazo de 10 (diez) días hábiles, a los efectos de realizar el depósito de
    garantía de fiel cumplimiento de contrato. La falta del requisito
    precitado, en el término establecido, se tendrá como incumplimiento
    contractual, a todos los efectos.
    
    6°.- Comuníquese y pase al Contador Central
    delegado por el Tribunal de Cuentas de la República en esta Secretaría de
    Estado. Cumplido, vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad a fin de
    notificar a las empresas precitadas y proceder en los términos establecidos
    en el Decreto N° 526/003 de 18 de diciembre de 2003.