18/08/04
17/08/04 – CONVENIO MARCO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL
PORTAL DEL GOBIERNO URUGUAYO
VISTO: el Convenio Marco para la Implementación del
Portal del Gobierno Uruguayo celebrado el 7 de febrero de 2003 entre el
Estado (Poder Ejecutivo) y la Administración Nacional de Telecomunicaciones
(ANTEL);
RESULTANDO: I) que el principal objetivo del Portal
del Gobierno Uruguayo es establecer la puerta de acceso a los servicios
digitales de gobierno, donde los usuarios (ciudadanos y empresas) logren
satisfacer sus necesidades de interactuar con éste, fomentando e integrando
en Internet todas las actividades que el Estado desarrolla, a fin de
aumentar la eficiencia de la gestión pública y poniendo a disposición del
público la posibilidad de realizar trámites en línea y acceder a la
información disponible;
II) que el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado
(CEPRE) y la Auditoría Interna de la Nación han venido desarrollando
trabajos de diagnóstico y diseño del trámite vía Internet de
"Consulta del Registro de Estados Contables";
CONSIDERANDO: I) que el Estado (Poder Ejecutivo), la
Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL), la Auditoría
Interna de la Nación y el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado
celebrarán un Convenio a fin de implementar la realización del citado
trámite a través del Portal del Gobierno Uruguayo
II) que resulta necesario autorizar al Prosecretario de
la Presidencia de la República, Dr. Leonardo Costa, a suscribir y otorgar
en representación del Estado los respectivos Convenios;
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Autorízase al Prosecretario de la Presidencia
de la República, Dr. Leonardo Costa, a suscribir y otorgar, en
representación del Estado (Poder Ejecutivo), el Convenio que habrá de
celebrarse entre el Estado (Poder Ejecutivo), la Administración Nacional de
Telecomunicaciones (ANTEL), la Auditoría Interna de la Nación y el Comité
Ejecutivo para la Reforma del Estado, cuyo texto forma parte de la presente
resolución.
2°.- Comuníquese, notifíquese, etc.
ACUERDO PARA LA MEJORA DE LA GESTIÓN
Auditoria Interna de la Nación
Poder Ejecutivo
Administración Nacional de Telecomunicaciones
Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado
PRIMERO. Comparecencia.
En Montevideo, a los....días del mes de.....de 2004,
comparecen la Auditoria Interna de la Nación {A.I.N.), representada por el
Auditor Interno Dr. José Luis Corbo, con domicilio en Paysandú 941; el
Poder Ejecutivo representado por el Sr. Prosecretario de la Presidencia de
la República Dr. Leonardo Costa, con domicilio en L.A. de Herrera 3350; la
Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL) representada en este
acto por la Cra. Graciela Pérez Montera y el Ing. Jorge Henón Mattos, en
sus respectivas calidades de Presidente y Gerente General del organismo, con
domicilio en Guatemala 1075; y el Comité Ejecutivo Para la Reforma de
Estado (C.E.P.R.E.) representado por el Ec. Pedro Aramendía, con domicilio
en L.A. de Herrera 3350, quienes convienen en celebrar el siguiente Acuerdo
para la Mejora de la Gestión (AMG) en el marco del Proyecto Portal del
Gobierno Uruguayo (Portal del Estado Uruguayo).
SEGUNDO. Antecedentes.
Motivan el presente acuerdo las acciones iniciadas por el
Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado, por el Portal del Estado
Uruguayo y por la Auditoria Interna de la Nación, antes de la fecha arriba
indicada y con los propósitos enunciados en este documento, en virtud de la
implementación. vía Internet, del trámite de "Consulta del
Registro de Estados Contables" a partir del 15 de diciembre de
2003, fecha en la cual se comenzó la ejecución de los trabajos de
diagnóstico y diseño del nuevo sistema.
TERCERO. Objetivos.
El principal objetivo del Portal del Estado Uruguayo
(PEU), es establecer la puerta de acceso a los servicios digitales de
gobierno. donde los usuarios (ciudadanos y empresas) logren satisfacer sus
necesidades de interactuar con éste, fomentando e integrando en Internet
todas las actividades que el Estado desarrolla, a fin de aumentar la
eficiencia de la gestión pública y poniendo a disposición del público la
posibilidad de realizar trámites en línea y acceder a la información
disponible.
Este Acuerdo para la Mejora de la Gestión (AMG), se
inscribe dentro del marco general de reducción de los costos para el
ciudadano, derivados de los trámites y servicios que brinda la
Administración Central, a través de la reingeniería de procesos en
servicios seleccionados de alto impacto social del ítem "C- Mejora de
la calidad de los servicios públicos (Estado y Ciudadano)" del
Programa de Modernización de la Gestión Pública, y para este caso en
particular, apoyar a la Unidad Ejecutora AIN en la introducción de mejoras
en los procesos de trámite de "Consulta del Registro de Estados
Contables",
El premencionado Acuerdo, inscripto en los objetivos y
las competencias antes establecidas, procura la reingeniería del trámite
de "Consulta del Registro de Estados Contables", con
los siguientes objetivos específicos:
a) Facilitar el acceso de los usuarios al servicio de "Consulta
del Registro de Estados Contables" por la vía telemática,
utilizando el Portal del Estado;
b) Optimizar los procesos internos en AIN relacionados al
trámite antes mencionado;
c) Aumentar la transparencia a través de la
presentación al cliente de la información pública y necesaria;
d) Brindar seguridad y garantía en las comunicaciones a
los efectos de que los requirentes no puedan repudiar las solicitudes
ingresadas.
CUARTO. Productos.
Con la reingeniería del trámite de "Consulta
del Registro de Estados Contables", se permitirá obtener la
digitalización, vía Internet, de los balances de las sociedades y
ejercicios indicados. El cambio instalará un nuevo modelo, que permitirá
optimizar el proceso de recepción de solicitudes, reduciendo en gran medida
el tiempo requerido para el preindicado trámite, abatiendo costos al
ciudadano y al Organismo.
En resumen, los principales productos que se espera
lograr con este AMG son:
a) Instrumentación de la reingeniería del proceso de "Consulta
del Registro de Estados Contables" por vía telemática (Internet),
utilizando el Portal del Estado;
b) Reducción de costos operativos para AIN;
c) Aumento de transparencia y flexibilidad del servicio a
la vista del ciudadano.
QUINTO. Compromisos de las partes.
Para el cumplimiento de los objetivos y los productos
señalados las Palies asumen los siguientes compromisos:
Auditoria Interna de la Nación:
- Definición, generación y mantenimiento de los
procesos operativos de atención de las solicitudes que se reciban a través
del nuevo canal, con la finalidad de asegurar la misma calidad de atención
que en los canales existentes;
- Desarrollo y mantenimiento de los procedimientos y
software informático a fin de soportar los trámites vía Internet,
Integrándose con los sistemas existentes o sustituyéndolos cuando esto sea
conveniente;
- Mantener actualizado su sitio web, a fin de difundir el
nuevo canal y otros servicios a la población;
- Generar los links necesarios desde dicho sitio para las
aplicaciones desarrolladas;
- Nombramiento de coordinador para el trabajo en conjunto
con el Portal del Estado;
- Mantener actualizado y funcional el aplicativo que
almacena el Índice del Registro de Estados Contables (nombre de empresa y
año), el cual es básico para el correcto funcionamiento del software
provisto por el Portal del Estado;
- Analizar conjuntamente con el PEU, la posibilidad de:
Implantar reingeniería del proceso de Presentación de
Estados Contables ante el Registro de Estados Contables de la Auditoria
Interna de la Nación, el cual está especificado en el Decreto 253/001
(promulgado el 04/07/2001);
Incorporar la cobranza del trámite vía Internet;
Establecer entrega de la documentación a domicilio. a
través de empresas de correo.
Portal del Estado Uruguayo / CEPRE:
- Estudio de nuevo canal de tramitación de "Consulta
del Registro de Estados Contables";
- Desarrollo de las funcionalidades que permitan:
Visualización en línea del Índice del Registro de
Estados Contables;
Definir e implementar un formulario de solicitud digital;
Permitir al cliente trabajar el formulario en modalidad
"borrador", a fin de poder completarlo progresivamente previo a la
presentación;
Validar la información contenida en dicho formulario;
Visualizar solicitudes pendientes;
Emisión de reportes contables y de solicitudes
efectuadas;
Administración del flujo de trabajo con el consiguiente
cambio de estado del expediente a lo largo de su tránsito por las
diferentes unidades del Organismo;
- Servicio de hosting de la interfase web del aplicativo.
no así de la base de información;
- Planificar y ejecutar un programa de difusión del
nuevo canal de tramitación; .
- Designar coordinador del equipo de trabajo del Portal;
- Analizar conjuntamente con el AIN, la posibilidad de:
Implantar reingeniería del proceso de Presentación de
Estados Contables ante el Registro de Estados Contables de la Auditoria
Interna de la Nación. el cual está especificado en el Decreto 253/001
(promulgado el 04/07/2001);
Incorporar la cobranza del trámite vía Internet;
Establecer entrega de la documentación a domicilio. a
través de empresas de correo.
SEXTO. Pago del trámite.
Por cada trámite de "Consulta del Registro de
Estados Contables" realizada mediante el nuevo canal de
solicitud, la Auditoria Interna de la Nación se compromete a transferir a
ANTEL en el marco del Portal del estado Uruguayo, los siguientes montos
dependiendo de la cantidad de balances solicitados, los que serán
complementarios a los montos a percibir por la Auditoria por la información
suministrada.
a. $ 25 (pesos uruguayos veinticinco) en caso de
solicitarse hasta 125 balances inclusive;
b. $ 45 (pesos uruguayos cuarenta y cinco) para más de
125 balances.
Dicho valor se reajustará automáticamente,
correspondiéndose con el 11% (once por ciento) y 19% (diecinueve por
ciento) respectivamente, del monto del total del trámite, pudiendo
modificarse los mismos de común acuerdo con el consentimiento expreso de
todas las Partes.
SÉPTIMO. Coordinación y seguimiento.
Se designa al Coordinador General del Proyecto Portal del
Estado Uruguayo y al Auditor Interno de la Auditoria Interna de la Nación o
a quien este delegue para la coordinación y seguimiento de este acuerdo.
Los designados mantendrán reuniones de trabajo a los
efectos de analizar el grado de avance del acuerdo proponiendo a las partes
los ajustes que correspondan. Dichas reuniones tendrán una periodicidad de
al menos una vez al mes.
Anualmente se emitirá un Informe de Avance que describa
el cumplimiento de lo acordado en este AMG. el que deberá ser presentado al
Comité de Coordinación Estratégica del Portal del Estado Uruguayo y la
Auditoria Interna de la Nación.
OCTAVO. Vigencia del Acuerdo.
El presente acuerdo comenzará a regir a partir de la
fecha su celebración, tal como queda consignado en la comparecencia de este
instrumento.
NOVENO. Rescisión.
Las Partes podrán dejar sin efecto unilateralmente el
presente convenio, con el sólo requisito de notificar fehacientemente a la
otra, mediante telegrama colacionado con copia (TCC/PC), con una antelación
mínima de noventa días, de su efectiva culminación, sin responsabilidad
para ninguna de las Partes.
Rescindido el convenio, se llevarán a término las
prestaciones que a la fecha de finalización estuvieren pendientes de
ejecución.
DÉCIMO. DomiciIios.
Las Partes constituyen domicilio para todos sus efectos
el indicado en la comparecencia.
DE CONFORMIDAD con las cláusulas que anteceden, las
Partes suscriben el presente en cuatro ejemplares del mismo tenor en el
lugar y fecha indicados.