23/08/04 

18/08/04 – SE AUTORIZA TRANSFERENCIA A LA DIRECCIÓN NACIONAL DE ASISTENCIA SOCIAL POLICIAL EN CONCEPTO DE ASISTENCIA FINANCIERA COMPLEMENTARIA PARA EL EJERCICIO 2004.

VISTO: la gestión de la Dirección Nacional de Asistencia Social policial del Ministerio del Interior solicitando asistencia financiera complementaria correspondiente al ejercicio 2004.

RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo de 4 de febrero de 2004, la asistencia financiera autorizada para el ejercicio 2004, totalizó la suma de $ 1.365:840.000,00 (pesos uruguayos mil trescientos sesenta y cinco millones ochocientos cuarenta mil).

II) que la asistencia complementaria solicitada responde al ajuste de pasividades correspondiente a enero de 2004.

III) que la presente gestión cuenta con informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Asesoría Macroeconómica y Financiera del Ministerio de Economía y Finanzas.

IV) que la erogación resultante deberá ser atendida por el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a la Financiación 1.1, Inciso 22, Programa 003, Objeto del Gasto 513, Auxiliar 003.

CONSIDERANDO: lo dispuesto por el artículo 184° de la Ley N° 15. 809, de 8 de abril de 1986.

ATENTO: a lo expuesto.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Autorízase a transferir a la Dirección Nacional de Asistencia Social policial del Inciso 04 "Ministerio del Interior" la suma de $ 14:640.000,00 (pesos uruguayos catorce millones seiscientos cuarenta mil), en concepto de asistencia financiera complementaria para el ejercicio 2004.

2°) La presente erogación será atendida por el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a la Financiación 1.1, Inciso 22, Programa 003, Objeto del Gasto 513, Auxiliar 003.

3°) Comuníquese y pase a sus efectos al Departamento Técnico Financiero del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese.