23/08/04
18/08/04 – SE AUTORIZA TRANSFERENCIA A LA DIRECCIÓN
NACIONAL DE ASISTENCIA SOCIAL POLICIAL EN CONCEPTO DE ASISTENCIA FINANCIERA
COMPLEMENTARIA PARA EL EJERCICIO 2004.
VISTO: la gestión de la Dirección Nacional de
Asistencia Social policial del Ministerio del Interior solicitando
asistencia financiera complementaria correspondiente al ejercicio 2004.
RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder
Ejecutivo de 4 de febrero de 2004, la asistencia financiera autorizada para
el ejercicio 2004, totalizó la suma de $ 1.365:840.000,00 (pesos uruguayos
mil trescientos sesenta y cinco millones ochocientos cuarenta mil).
II) que la asistencia complementaria solicitada
responde al ajuste de pasividades correspondiente a enero de 2004.
III) que la presente gestión cuenta con informe
favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Asesoría
Macroeconómica y Financiera del Ministerio de Economía y Finanzas.
IV) que la erogación resultante deberá ser atendida
por el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a la Financiación 1.1,
Inciso 22, Programa 003, Objeto del Gasto 513, Auxiliar 003.
CONSIDERANDO: lo dispuesto por el artículo 184° de
la Ley N° 15. 809, de 8 de abril de 1986.
ATENTO: a lo expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) Autorízase a transferir a la Dirección
Nacional de Asistencia Social policial del Inciso 04 "Ministerio del
Interior" la suma de $ 14:640.000,00 (pesos uruguayos catorce millones
seiscientos cuarenta mil), en concepto de asistencia financiera
complementaria para el ejercicio 2004.
2°) La presente erogación será atendida por el
Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a la Financiación 1.1, Inciso
22, Programa 003, Objeto del Gasto 513, Auxiliar 003.
3°) Comuníquese y pase a sus efectos al
Departamento Técnico Financiero del Ministerio de Economía y Finanzas.
Cumplido, archívese.