23/08/04
18/08/04 – EXONERACIÓN DE TASA GLOBAL ARANCELARIA PARA
IMPORTACIÓN PROMOVIDA POR EL LATU.
VISTO: la gestión promovida por el Laboratorio
Tecnológico del Uruguay, en la que solicita autorización para importar con
exoneración de recargos y demás gravámenes determinados bienes.
RESULTANDO: I) que el Laboratorio gestionante tiene como
objetivo contribuir al desarrollo productivo e industrial de todos los
sectores de actividad del país, aportando investigación, tecnología y
asesoramiento técnico, para lo cual requiere la permanente incorporación
de equipamiento y materiales con las técnicas más modernas.
II) que la Unión Europea donó a nuestro país
Equipamiento metrológico, siendo el Laboratorio Tecnológico del Uruguay el
destinatario de los mismos en su carácter de custodio de los patrones
nacionales metrológicos.
CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo establecido en
el artículo 164° de la Ley N° 13.640, de 26 de diciembre de 1967, con las
modificaciones dispuestas por los artículos 97° de la Ley N° 13.737, de 9
de enero de 1969 y 99° de la Ley N° 16.134, de 24 de setiembre de 1990, el
Laboratorio Tecnológico del Uruguay es persona pública no estatal.
II) que por el artículo 2° de la Ley N° 12.670, de
17 de diciembre de 1959, y artículo 4° del Decreto-Ley N° 14.629, de 5 de
enero de 1977, modificado por la Ley N° 14.988, de 7 de enero de 1980, el
Poder Ejecutivo está facultado para exonerar del pago de la Tasa Global
Arancelaria.
III) que con respecto a la exoneración del Impuesto
al Valor Agregado, no existe en la especie norma legal que habilite al Poder
Ejecutivo a disponerla.
ATENTO: a lo informado por la Asesoría Jurídica y
la División Técnico Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
R E S U E L V E:
1°) Exonérase al Laboratorio Tecnológico del
Uruguay, del pago de la Tasa Global Arancelaria, en ocasión de la
importación de los bienes detallados en listados adjuntos que forman parte
de la presente Resolución, por un valor total de € 62.767,oo
(sesenta y dos mil setecientos sesenta y siete euros).
2°) Comuníquese, notifíquese y archívese.