23/08/04 

18/08/04 - LLAMADO A EXPRESIONES DE INTERÉS PARA LA ADJUDICACIÓN DE LOS DERECHOS DE EXPLOTACIÓN DE LA ZONA FRANCA DE RIVERA

VISTO: la Resolución del Poder Ejecutivo de 21 de enero de 2003, por la que se revocó la autorización concedida a RIODAM S.A. para la explotación de una zona franca en la 9ª. Sección Judicial del departamento de Rivera.-

RESULTANDO: I) que por Resolución de 13 de abril de 1993, el Poder Ejecutivo autorizó a RIODAM S.A. a instalar una zona franca en los padrones 1974 y 9152, ubicados en la 9ª Sección Judicial del departamento de Rivera, por el término de 30 años, autorización que fue ampliada a los padrones 7167 y 9088, por Resolución de 6 de setiembre de 1994.,-

II) que con fecha 17 de diciembre de 2001, con motivo del sometimiento a la Justicia Penal de dos directores de RIODAM S.A. y de varios usuarios de la misma, imputados de delitos estrechamente vinculados con la actividad de la zona franca y en función de graves irregularidades en su funcionamiento, el Poder Ejecutivo dispuso su intervención así como el cese transitorio de la explotadora.-

III) que la intervención fue mantenida por la Resolución de fecha 21 de enero de 2003 que revocó la autorización, hasta la designación de nuevo explotador.-

CONSIDERANDO: que en función de la situación precedentemente descripta, se estima conveniente efectuar un llamado a expresiones de interés de conformidad con lo dispuesto por el Decreto N° 442/02, de 28 de setiembre de 2002, para la adjudicación de los derechos de explotación de la Zona Franca de Rivera, hasta el vencimiento de la autorización originariamente concedida, de acuerdo con las bases que se establecen y que forman parte de la presente Resolución.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por Ley N° 15.921, de 17 de diciembre de 1987 y su Decreto Reglamentario N° 454/88, de 8 de julio de 1988 y Decreto N° 442/02 de 28 de setiembre de 2002.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Autorízase el llamado a expresiones de interés para la adjudicación de los derechos de explotación de la Zona Franca de Rivera.-

2°) Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que regirá el llamado, el que conjuntamente con su Anexo, se considerará parte integrante de la presente Resolución.-

3°) Fíjase el precio del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, en la suma de U$S 200,00 (doscientos dólares de los Estados Unidos de América).-

4°) Cométese al Área Zonas Francas de la Dirección General de Comercio del Ministerio de Economía y Finanzas, la recepción y la apertura de ofertas.-

5°) El Ministerio de Economía y Finanzas designará la Comisión Asesora que se encargará de evaluar las propuestas.-

6°) Comuníquese, publíquese, etc..-