27/08/04
26/08/04 - AMPLIACIÓN DE LAS OBRAS "CONTRATO DE
MANTENIMIENTO RUTINARIO POR NIVELES DE SERVICIO EN LA REGIONAL 8-CIRCUITO
FLORIDA"
VISTO: la gestión promovida por la Dirección
Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas
tendiente a la ampliación de las obras denominadas: "Contrato de
Mantenimiento Rutinario por niveles de servicio en la Regional 8-Circuito
Florida", a cargo de la firma VIALSERV S.R.L.
RESULTANDO: I) Que las mencionadas obras fueron
adjudicadas a la referida firma por Resolución del Poder Ejecutivo de 17 de
julio de 2001, como resultado del llamado a Licitación Pública N° 6/01
convocado por la Dirección Nacional de Vialidad, en la suma total de
$17:883.054,54 que incluyó Contrato, IVA y Leyes Sociales
II) Que, en la presente gestión la citada
dependencia promueve la ampliación del 100% del contrato de referencia, por
el mismo plazo que la adjudicación originaria (36 meses), dada la escasez
de recursos disponibles en esa repartición, lo que le imposibilita atender
las tareas efectuadas por la empresa contratista. Asimismo, se informa que
la firma VIALSERV S.R.L. cumplió en forma con las obligaciones asumidas en
el contrato de que se trata
III) Que el detalle de los tramos a mantener es el
siguiente: "Ruta N° 5: 97K000-La Cruz (Acceso Sur), Long: km15,900,
Ruta N°5: La Cruz (Acceso Sur)-Ruta N°42, Long: km27,400, Ruta N°5: Ruta
N°42-Goñi, Long: km25,700, Ruta N°76; 25 de Mayo-Ruta N°77, Long: km
5,500, Ruta N°77: 25 de Agosto-Cardal, Long: km13,700, Ruta N°77:
Cardal-Ruta N°76, Long: 9,900, Ruta N°77: Ruta N°76-Paso Vela, Long:
km11,400, Ruta N°78: Arroyo de la Virgen-Ruta N°77, Long: Km2,000,
ascendiendo el total de la longitud a km 111,500
IV) Que a los efectos descritos correspondería
autorizar la inversión de la suma total de $17:883.054,54 la que se
discrimina en $11:720.365,20 para Contrato, $2:695.684 para IVA (23 %) y
$3:467.005,34 para Leyes Sociales más los Mayores Costos resultantes y la
eventual utilización de una partida de Imprevistos equivalente al 10% del
monto total, que se estima en $1:788.305,45 extremos a lo que la firma
contratista prestó conformidad
V) Que el Tribunal de Cuentas de la República
(Oficina Central-Carpeta N°191.844) tomó la intervención que le compete,
en tanto que el Departamento de Contaduría y la División Programación
informaron los créditos con que serán atendidos los trabajos de
referencia, dejándose constancia que la afectación para el presente
ejercicio asciende a la suma de $4:200.000, según Afectación N°84 adjunta
en autos, expresándose que el saldo restante se afectará en los ejercicios
subsiguientes
ATENTO: a lo dispuesto por el "TOCAF 1996"
aprobado por el Decreto N°194/997 de 10 de junio de 1997, y lo establecido
en los Decretos N°s. 90/000 y 295/000 de 3 de marzo y 11 de octubre de 2000
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Amplíase, en la suma total de $17:883,054,54
(pesos uruguayos diecisiete millones ochocientos ochenta y tres mil
cincuenta y cuatro con cincuenta y cuatro centésimos) incluidos el IVA y
las Leyes Sociales, los trabajos denominados: "Contrato de
Mantenimiento Rutinario por niveles de servicio en la Regional 8-Circuito
Florida", puestos a cargo de la firma VIALSERV S.R.L. según
Resolución del Poder Ejecutivo de 17 de julio de 2001
La citada ampliación tiene por objeto el mantenimiento
rutinario de los tramos detallados en el Resultando III de la presente
2°.- Autorízase, a los fines indicados, la
inversión de la suma total de $17:883.054,54, más los Mayores Costos
resultantes, la que se discrimina en $11:720.365,20 para Contrato,
$2:695.684 para IVA (23%) y $3:467.005,34 para Leyes Sociales. Asimismo, se
autoriza la eventual utilización de una partida de Imprevistos, equivalente
al 10% del monto total, la que se calcula en la suma de $1:788.305,45
Las partidas antedichas serán atendidas con cargo a la
Ley N°17.296 de 21 de febrero de 2001, Inciso 10, Programa 003, Proyecto
855, Financiación 1.4 FIMTOP, Ejercicio 2004 y subsiguientes
3°.- Facúltase a la Dirección Nacional de Vialidad
del Ministerio de Transporte y Obras Pública a suscribir con la firma
adjudicataria la pertinente ampliación del Contrato de Obra Pública,
ad-referendum de su aprobación por el citado Ministerio
4°.- Establécese, asimismo, que la firma
contratista contará con un plazo de 10 (diez) días hábiles a partir del
siguiente al de su notificación, a fin de hacer efectivo el depósito de
Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, por el 5% del monto ampliado, el
que podrá realizarse a través de los documentos de estilo, en el
Departamento Notarial del Ministerio de Transporte y Obras Públicas,
requisito cuya omisión configurará incumplimiento contractual, y podrá
dar lugar a la aplicación de las sanciones pertinentes
5°.- Comuníquese y previa toma de razón por parte
del Contador Central delegado por el Tribunal de Cuentas de la República,
en el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, vuelva a la Dirección
Nacional de Vialidad a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto
N°175/004 de 26, de mayo de 2004, y demás efectos.-