27/08/04 

26/08/04 - AMPLIACIÓN DE LAS OBRAS "CONTRATO DE MANTENIMIENTO RUTINARIO POR NIVELES DE SERVICIO EN LA REGIONAL 8-CIRCUITO FLORIDA"

VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas tendiente a la ampliación de las obras denominadas: "Contrato de Mantenimiento Rutinario por niveles de servicio en la Regional 8-Circuito Florida", a cargo de la firma VIALSERV S.R.L.

RESULTANDO: I) Que las mencionadas obras fueron adjudicadas a la referida firma por Resolución del Poder Ejecutivo de 17 de julio de 2001, como resultado del llamado a Licitación Pública N° 6/01 convocado por la Dirección Nacional de Vialidad, en la suma total de $17:883.054,54 que incluyó Contrato, IVA y Leyes Sociales

II) Que, en la presente gestión la citada dependencia promueve la ampliación del 100% del contrato de referencia, por el mismo plazo que la adjudicación originaria (36 meses), dada la escasez de recursos disponibles en esa repartición, lo que le imposibilita atender las tareas efectuadas por la empresa contratista. Asimismo, se informa que la firma VIALSERV S.R.L. cumplió en forma con las obligaciones asumidas en el contrato de que se trata

III) Que el detalle de los tramos a mantener es el siguiente: "Ruta N° 5: 97K000-La Cruz (Acceso Sur), Long: km15,900, Ruta N°5: La Cruz (Acceso Sur)-Ruta N°42, Long: km27,400, Ruta N°5: Ruta N°42-Goñi, Long: km25,700, Ruta N°76; 25 de Mayo-Ruta N°77, Long: km 5,500, Ruta N°77: 25 de Agosto-Cardal, Long: km13,700, Ruta N°77: Cardal-Ruta N°76, Long: 9,900, Ruta N°77: Ruta N°76-Paso Vela, Long: km11,400, Ruta N°78: Arroyo de la Virgen-Ruta N°77, Long: Km2,000, ascendiendo el total de la longitud a km 111,500

IV) Que a los efectos descritos correspondería autorizar la inversión de la suma total de $17:883.054,54 la que se discrimina en $11:720.365,20 para Contrato, $2:695.684 para IVA (23 %) y $3:467.005,34 para Leyes Sociales más los Mayores Costos resultantes y la eventual utilización de una partida de Imprevistos equivalente al 10% del monto total, que se estima en $1:788.305,45 extremos a lo que la firma contratista prestó conformidad

V) Que el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central-Carpeta N°191.844) tomó la intervención que le compete, en tanto que el Departamento de Contaduría y la División Programación informaron los créditos con que serán atendidos los trabajos de referencia, dejándose constancia que la afectación para el presente ejercicio asciende a la suma de $4:200.000, según Afectación N°84 adjunta en autos, expresándose que el saldo restante se afectará en los ejercicios subsiguientes

ATENTO: a lo dispuesto por el "TOCAF 1996" aprobado por el Decreto N°194/997 de 10 de junio de 1997, y lo establecido en los Decretos N°s. 90/000 y 295/000 de 3 de marzo y 11 de octubre de 2000

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Amplíase, en la suma total de $17:883,054,54 (pesos uruguayos diecisiete millones ochocientos ochenta y tres mil cincuenta y cuatro con cincuenta y cuatro centésimos) incluidos el IVA y las Leyes Sociales, los trabajos denominados: "Contrato de Mantenimiento Rutinario por niveles de servicio en la Regional 8-Circuito Florida", puestos a cargo de la firma VIALSERV S.R.L. según Resolución del Poder Ejecutivo de 17 de julio de 2001

La citada ampliación tiene por objeto el mantenimiento rutinario de los tramos detallados en el Resultando III de la presente

2°.- Autorízase, a los fines indicados, la inversión de la suma total de $17:883.054,54, más los Mayores Costos resultantes, la que se discrimina en $11:720.365,20 para Contrato, $2:695.684 para IVA (23%) y $3:467.005,34 para Leyes Sociales. Asimismo, se autoriza la eventual utilización de una partida de Imprevistos, equivalente al 10% del monto total, la que se calcula en la suma de $1:788.305,45

Las partidas antedichas serán atendidas con cargo a la Ley N°17.296 de 21 de febrero de 2001, Inciso 10, Programa 003, Proyecto 855, Financiación 1.4 FIMTOP, Ejercicio 2004 y subsiguientes

3°.- Facúltase a la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Pública a suscribir con la firma adjudicataria la pertinente ampliación del Contrato de Obra Pública, ad-referendum de su aprobación por el citado Ministerio

4°.- Establécese, asimismo, que la firma contratista contará con un plazo de 10 (diez) días hábiles a partir del siguiente al de su notificación, a fin de hacer efectivo el depósito de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, por el 5% del monto ampliado, el que podrá realizarse a través de los documentos de estilo, en el Departamento Notarial del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, requisito cuya omisión configurará incumplimiento contractual, y podrá dar lugar a la aplicación de las sanciones pertinentes

5°.- Comuníquese y previa toma de razón por parte del Contador Central delegado por el Tribunal de Cuentas de la República, en el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto N°175/004 de 26, de mayo de 2004, y demás efectos.-