30/08/04
27/08/04 – SE MODIFICA EL NUM. 7mo. DE LA RESOLUCIÓN
DEL P.E. DE 16/07/2002, RELATIVO A PRIMERA HIPOTECA DE COOPERATIVA TEBELPA
III A FAVOR DEL MVOTMA.
VISTO: la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 16
de julio de 2002, por la cual se otorgó préstamo y subsidio a la
cooperativa de usuarios por ayuda mutua TEBELPA III, inscripta con el N°
323;
RESULTANDO: que el numeral 7mo. de la Resolución
indicada en el Visto establece que la cooperativa gravará con primera
hipoteca, a favor del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y
Medio Ambiente, el padrón N° 417.021, sito en la ciudad de Montevideo, y
todas las unidades a construirse en el mismo;
CONSIDERANDO: I) que de los estudios gráficos y de
títulos efectuados por la División de Asistencia Técnica- Escribanía de
Contralor del Banco Hipotecario del Uruguay, surge que el padrón donde se
construirán las viviendas y se gravará con hipoteca es el N° 419.004, que
corresponde al lote N° 2 del padrón anterior en mayor área N° 417.021;
II) que debe modificarse el número de padrón, de
acuerdo con el resultado de los estudios gráficos y de títulos antes
referidos;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Modifícase el numeral.7mo. de la Resolución
del Poder Ejecutivo de fecha 16 de julio de 2002, por cuanto el padrón que
la mutuaria gravará con primera hipoteca a favor del Ministerio de
Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, con las mejoras que le
accedan, es el identificado con el número 419.004, sito en la ciudad de
Montevideo, que corresponde al lote N° 2 del padrón anterior en mayor
área N° 417.021.
2°.- Vuelva al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente, a sus efectos.