30/08/04 

27/08/04 – SE MODIFICA EL NUM. 7mo. DE LA RESOLUCIÓN DEL P.E. DE 16/07/2002, RELATIVO A PRIMERA HIPOTECA DE COOPERATIVA TEBELPA III A FAVOR DEL MVOTMA.

VISTO: la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 16 de julio de 2002, por la cual se otorgó préstamo y subsidio a la cooperativa de usuarios por ayuda mutua TEBELPA III, inscripta con el N° 323;

RESULTANDO: que el numeral 7mo. de la Resolución indicada en el Visto establece que la cooperativa gravará con primera hipoteca, a favor del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, el padrón N° 417.021, sito en la ciudad de Montevideo, y todas las unidades a construirse en el mismo;

CONSIDERANDO: I) que de los estudios gráficos y de títulos efectuados por la División de Asistencia Técnica- Escribanía de Contralor del Banco Hipotecario del Uruguay, surge que el padrón donde se construirán las viviendas y se gravará con hipoteca es el N° 419.004, que corresponde al lote N° 2 del padrón anterior en mayor área N° 417.021;

II) que debe modificarse el número de padrón, de acuerdo con el resultado de los estudios gráficos y de títulos antes referidos;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Modifícase el numeral.7mo. de la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 16 de julio de 2002, por cuanto el padrón que la mutuaria gravará con primera hipoteca a favor del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, con las mejoras que le accedan, es el identificado con el número 419.004, sito en la ciudad de Montevideo, que corresponde al lote N° 2 del padrón anterior en mayor área N° 417.021.

2°.- Vuelva al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, a sus efectos.