02/09/04 

01/09/04 – AUTORIZACIÓN A INCREMENTAR EL TOPE DE EJECUCIÓN DE INVERSIONES DEL INCISO 15 DEL MINISTERIO DEPORTE Y JUVENTUD DISPUESTO POR EL DECRETO Nº 88/004

VISTO: la gestión del Ministerio de Deporte y Juventud, solicitando el levantamiento del tope de ejecución de inversiones dispuesto para dicho Inciso por el Decreto N° 88/004, de 10 de marzo de 2004, para el presente ejercicio.-

RESULTANDO: que dicha solicitud se cursa en virtud de que el tope fijado no permite la realización de trabajos de repavimentación en canchas deportivas y de mantenimiento en las diferentes plazas de deportes de todo el país.- 

CONSIDERANDO: lo establecido por el artículo 3° del Decreto N° 88/004, de 10 de marzo de 2004.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Autorizase a incrementar el tope de ejecución de inversiones del Inciso 15 "Ministerio de Deporte y Juventud", dispuesto por el Decreto N° 88/004, de 10 de marzo de 2004, en la suma de $ 10:000.000,00 (pesos uruguayos diez millones) , con cargo a la Financiación 1.2 "Recursos con Afectación Especial" , Proyecto 736 "Reparación, construcción y mejora de inmuebles", a fin de atender las obras de repavimentación en canchas deportivas y de mantenimiento en las diferentes plazas de deportes de todo el país.-

2°) Comuníquese y pase a sus efectos a la Contaduría General de la Nación. Cumplido, vuelva para su archivo.-