02/09/04
01/09/04 – AUTORIZACIÓN A INCREMENTAR EL TOPE DE
EJECUCIÓN DE INVERSIONES DEL INCISO 15 DEL MINISTERIO DEPORTE Y JUVENTUD
DISPUESTO POR EL DECRETO Nº 88/004
VISTO: la gestión del Ministerio de Deporte y
Juventud, solicitando el levantamiento del tope de ejecución de inversiones
dispuesto para dicho Inciso por el Decreto N° 88/004, de 10 de marzo de
2004, para el presente ejercicio.-
RESULTANDO: que dicha solicitud se cursa en virtud de
que el tope fijado no permite la realización de trabajos de
repavimentación en canchas deportivas y de mantenimiento en las diferentes
plazas de deportes de todo el país.-
CONSIDERANDO: lo establecido por el artículo 3°
del Decreto N° 88/004, de 10 de marzo de 2004.-
ATENTO: a lo expuesto y a lo informado por la Oficina
de Planeamiento y Presupuesto.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) Autorizase a incrementar el tope de ejecución
de inversiones del Inciso 15 "Ministerio de Deporte y Juventud",
dispuesto por el Decreto N° 88/004, de 10 de marzo de 2004, en la suma de $
10:000.000,00 (pesos uruguayos diez millones) , con cargo a la Financiación
1.2 "Recursos con Afectación Especial" , Proyecto 736
"Reparación, construcción y mejora de inmuebles", a fin de
atender las obras de repavimentación en canchas deportivas y de
mantenimiento en las diferentes plazas de deportes de todo el país.-
2°) Comuníquese y pase a sus efectos a la
Contaduría General de la Nación. Cumplido, vuelva para su archivo.-