08/09/04 

07/09/04 – SE DESESTIMA RECURSO JERÁRQUICO IMPETRADO CONTRA RESOLUCIÓN DEL MEC DE 4/06/2001, POR LA CUAL SE DISPUSO LA CANCELACIÓN DE LA PERSONERÍA JURÍDICA A LA SOCIEDAD ECOLÓGICA SAN GABRIEL.

VISTO: los recursos interpuestos por la Sociedad Ecológica San Gabriel contra la resolución del Ministerio de Educación y Cultura de fecha 4 de junio de 2001, por la cual se le cancela la personería jurídica;

RESULTANDO: I) los representantes de la asociación recurrente se agravian expresando que no fueron debidamente notificados de las solicitudes de revisión de documentación;

II) argumentan que la Sociedad Ecológica San Gabriel ha desarrollado actividades ininterrumpidamente desde su creación y que las mismas tienen respaldo en los libros de actas cuya ofrecen;

III) que los recursos y la respectiva fundamentación fueron presentados con fechas 10 de octubre y 5 de diciembre de 2001 respectivamente;

CONSIDERANDO: I) que la Fiscalía de Gobierno ha entendido que la recurrente ha tenido tiempo y oportunidad para demostrar que su actividad ha sido ininterrumpida desde su constitución, sin haberlo hecho;

II) que se notificó vía fax a los números telefónicos denunciados por la recurrente a fojas 52 para nueva inspección de la documentación con fecha 6 de diciembre de 2001, reiterándose el 30 de junio de 2003, sin haberse recibido respuesta alguna;

III) que en definitiva no se han probado los extremos aludidos en los escritos de recurso y fundamentos, ni se han desvirtuado las irregularidades que dieran motivo a la cancelación de la personería, por lo que procede mantener el acto impugnado;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE

1°) Desestímase el recurso jerárquico impetrado contra la resolución del Ministerio de Educación y Cultura de fecha 4 de junio de 2001, por la cual se dispuso la cancelación de la personería jurídica a la Sociedad Ecológica San Gabriel.

2°) Comuníquese, notifíquese.