08/09/04
07/09/04 – SE DESESTIMA RECURSO JERÁRQUICO IMPETRADO
CONTRA RESOLUCIÓN DEL MEC DE 4/06/2001, POR LA CUAL SE DISPUSO LA
CANCELACIÓN DE LA PERSONERÍA JURÍDICA A LA SOCIEDAD ECOLÓGICA SAN
GABRIEL.
VISTO: los recursos interpuestos por la Sociedad
Ecológica San Gabriel contra la resolución del Ministerio de Educación y
Cultura de fecha 4 de junio de 2001, por la cual se le cancela la
personería jurídica;
RESULTANDO: I) los representantes de la asociación
recurrente se agravian expresando que no fueron debidamente notificados de
las solicitudes de revisión de documentación;
II) argumentan que la Sociedad Ecológica San Gabriel
ha desarrollado actividades ininterrumpidamente desde su creación y que las
mismas tienen respaldo en los libros de actas cuya ofrecen;
III) que los recursos y la respectiva fundamentación
fueron presentados con fechas 10 de octubre y 5 de diciembre de 2001
respectivamente;
CONSIDERANDO: I) que la Fiscalía de Gobierno ha
entendido que la recurrente ha tenido tiempo y oportunidad para demostrar
que su actividad ha sido ininterrumpida desde su constitución, sin haberlo
hecho;
II) que se notificó vía fax a los números
telefónicos denunciados por la recurrente a fojas 52 para nueva inspección
de la documentación con fecha 6 de diciembre de 2001, reiterándose el 30
de junio de 2003, sin haberse recibido respuesta alguna;
III) que en definitiva no se han probado los extremos
aludidos en los escritos de recurso y fundamentos, ni se han desvirtuado las
irregularidades que dieran motivo a la cancelación de la personería, por
lo que procede mantener el acto impugnado;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE
1°) Desestímase el recurso jerárquico impetrado
contra la resolución del Ministerio de Educación y Cultura de fecha 4 de
junio de 2001, por la cual se dispuso la cancelación de la personería
jurídica a la Sociedad Ecológica San Gabriel.
2°) Comuníquese, notifíquese.