09/09/04 

08/09/04 – INMUNIDAD IMPOSITIVA PARA IMPORTACIÓN PROMOVIDA POR EL MINISTERIO DEL INTERIOR.

VISTO: la gestión promovida por el Ministerio del Interior en la que solicita exoneración de gravámenes para la importación de diversos bienes.

RESULTANDO: que el Ministro del Interior, por Resolución de 24 de diciembre de 2003, adjudicó la Licitación Pública Internacional N° 1/2003 de autobombas y autorizó la compra directa de equipos de aire acondicionado respectivamente, con destino a la Dirección Nacional de Bomberos y a dicha Secretaria de Estado.

CONSIDERANDO: I) que el artículo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991, declara que el Estado, los Organismos comprendidos en el artículo 220° de la Constitución de la República y los Gobiernos Departamentales gozan de inmunidad impositiva, tanto nacional como departamental, por los bienes y actividades no comerciales ni industriales.

II) que el artículo 581° de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, reglamentado por Decreto N° 333/001, de 21 de agosto de 2001, dispone que la inmunidad impositiva establecida por el artículo 463° de la Ley N° 16.226 citada, no tendrá aplicación cuando la misma implique un trato discriminatorio para los bienes de producción nacional ofrecidos en plaza con respecto a los importados.

III) que el Ministerio de Industria, Energía y Minería, dictaminó que no existe fabricación nacional sustitutiva de los bienes a importar.

ATENTO: a lo informado por la División Técnico Fiscal y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

R E S U E L V E:

1º) Declárase que los bienes que se detallan a continuación, a importar por el Ministerio del Interior, dado su destino, se encuentran incluidos en el régimen de inmunidad impositiva referido en el artículo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991, siete autobombas tanque sobre chasis modelo IVECO DAILY, tipo cabina modular, con bomba centrifuga DARLEY CHAMPION modelo HM500, con tanque de agua de 2000 lts. de capacidad, provista con un repuesto de cuerpo de bomba Darley Champion modelo HM500, siete escaleras tipo Coliza de aluminio y catorce cinturones de salvamento con hacha, por un valor total CIF Montevideo, de U$S 358.351,32 (trescientos cincuenta y ocho mil trescientos cincuenta y un dólares de los Estados Unidos de América con 32/100) y cinco unidades de aire acondicionado del tipo Minisplit, marca Ziam con 12.000 BTU y 220 volts en 60 Hz. C/control. frío calor, por un valor total CIF/Colonia de U$S 1.750,oo (mil setecientos cincuenta dólares de los Estados Unidos de América).

2º) La presente importación se encuentra exonerada del pago de los siguientes tributos: Tasa Global Arancelaria, Impuesto al Valor Agregado, Tasas Consulares, Tasa de Servicios Extraordinarios, Tasa de Servicios Automatizados e Impuesto de Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social.

3º) Comuníquese y archívese.