09/09/04
08/09/04 - INCREMENTO DEL TOPE DE EJECUCIÓN DE
INVERSIONES DEL INCISO 02 "PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA" DISPUESTO
POR EL DECRETO N° 88/004, DE 10/03/2004
VISTO: la gestión de la Presidencia de la República
solicitando el levantamiento del tope de ejecución de inversiones dispuesta
para dicho Inciso por el Decreto N° 88/004, de 10 de marzo de 2004 para el
presente ejercicio.-
RESULTANDO: que dicha solicitud se cursa en virtud de
que el tope fijado resulta insuficiente a fin de atender proyectos de la
Unidad Ejecutora 005 "Dirección de Proyectos de Desarrollo"
relacionados con la Cuenca Arrocera y Lechera.-
CONSIDERANDO: lo establecido por el artículo 3° del
Decreto N° 88/004, de 10 de marzo de 2004.-
ATENTO: a lo expuesto y a lo informado por la Oficina
de Planeamiento y Presupuesto.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) Autorizase a incrementar el tope de ejecución
de inversiones del Inciso 02 "Presidencia de la República",
dispuesto por el Decreto N° 88/004, de 10 de marzo de 2004, en la suma
total de $ 11:500.000,00 (pesos uruguayos once millones quinientos mil), a
fin de atender proyectos de la Unidad Ejecutora 005 "Dirección de
Proyectos de Desarrollo" relacionados con la Cuenca Arrocera y
Lechera.-
2°) Comuníquese y pase a sus efectos a la
Contaduría General de la Nación. Cumplido, vuelva para su archivo.-