09/09/04 

08/09/04 - INCREMENTO DEL TOPE DE EJECUCIÓN DE INVERSIONES DEL INCISO 02 "PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA" DISPUESTO POR EL DECRETO N° 88/004, DE 10/03/2004

VISTO: la gestión de la Presidencia de la República solicitando el levantamiento del tope de ejecución de inversiones dispuesta para dicho Inciso por el Decreto N° 88/004, de 10 de marzo de 2004 para el presente ejercicio.-

RESULTANDO: que dicha solicitud se cursa en virtud de que el tope fijado resulta insuficiente a fin de atender proyectos de la Unidad Ejecutora 005 "Dirección de Proyectos de Desarrollo" relacionados con la Cuenca Arrocera y Lechera.-

CONSIDERANDO: lo establecido por el artículo 3° del Decreto N° 88/004, de 10 de marzo de 2004.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Autorizase a incrementar el tope de ejecución de inversiones del Inciso 02 "Presidencia de la República", dispuesto por el Decreto N° 88/004, de 10 de marzo de 2004, en la suma total de $ 11:500.000,00 (pesos uruguayos once millones quinientos mil), a fin de atender proyectos de la Unidad Ejecutora 005 "Dirección de Proyectos de Desarrollo" relacionados con la Cuenca Arrocera y Lechera.-

2°) Comuníquese y pase a sus efectos a la Contaduría General de la Nación. Cumplido, vuelva para su archivo.-