09/09/04 

08/09/04 – SE DECLARA LA CADUCIDAD DEL TÍTULO MINERO "PERMISO DE PROSPECCIÓN" OTORGADO A RAMÓN VIANNA.

VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y Geología, tendientes a declarar la caducidad del título minero PERMISO DE PROSPECCION otorgado a RAMON VIANNA por resolución de 21 de mayo de 2002 y su modificativa 10 de abril de 2003, en busca de rocas carbonatadas de carácter dolomítico, en la 3ª Sección CatastraI del Departamento de Lavalleja;

RESULTANDO: I) que el plazo de vigencia de dicho título se estableció en 12 meses siendo notificado el 28 de mayo de 2002;

II) que por resolución de 12 de agosto de 2003 se concedió a RAMÓN VIANNA la prórroga del título por un plazo de 12 meses contados a partir de 29 de mayo de 2003 sobre una superficie de 50 hás. afectando el padrón 16055 (p) de la 3ª Sección Catastral del Departamento de Lavalleja y se declaró libre de interferencia el área restante de 50 hás. afectando el padrón 16054 (p) de la misma Sección Catastral y Departamento;

CONSIDERANDO: que habiéndose configurado la causal de vencimiento del plazo de validez del título minero prevista en el Art. 21, ordinal I), literal a), del Código de Minería, corresponde declarar su caducidad;

ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1º.- Declárase que se ha producido la caducidad del título minero PERMISO DE PROSPECCIÓN otorgado a RAMÓN VIANNA por resolución de 21 de mayo de 2002 y su modificativa de 10 de abril de 2003 y prorrogado por resolución de 12 de agosto de 2003, en busca de rocas carbonatadas de carácter dolomítico, sobre una superficie de 50 hás. afectando el padrón 16055 (p) de la 3ª Sección Catastral del Departamento de Lavalleja.

2º.- Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.