09/09/04
08/09/04 – SE DECLARA LA CADUCIDAD DEL TÍTULO MINERO
"PERMISO DE PROSPECCIÓN" OTORGADO A RAMÓN VIANNA.
VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la
Dirección Nacional de Minería y Geología, tendientes a declarar la
caducidad del título minero PERMISO DE PROSPECCION otorgado a RAMON VIANNA
por resolución de 21 de mayo de 2002 y su modificativa 10 de abril de 2003,
en busca de rocas carbonatadas de carácter dolomítico, en la 3ª Sección
CatastraI del Departamento de Lavalleja;
RESULTANDO: I) que el plazo de vigencia de dicho
título se estableció en 12 meses siendo notificado el 28 de mayo de 2002;
II) que por resolución de 12 de agosto de 2003 se
concedió a RAMÓN VIANNA la prórroga del título por un plazo de 12 meses
contados a partir de 29 de mayo de 2003 sobre una superficie de 50 hás.
afectando el padrón 16055 (p) de la 3ª Sección Catastral del Departamento
de Lavalleja y se declaró libre de interferencia el área restante de 50
hás. afectando el padrón 16054 (p) de la misma Sección Catastral y
Departamento;
CONSIDERANDO: que habiéndose configurado la causal
de vencimiento del plazo de validez del título minero prevista en el Art.
21, ordinal I), literal a), del Código de Minería, corresponde declarar su
caducidad;
ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de
Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º.- Declárase que se ha producido la caducidad del
título minero PERMISO DE PROSPECCIÓN otorgado a RAMÓN VIANNA por
resolución de 21 de mayo de 2002 y su modificativa de 10 de abril de 2003 y
prorrogado por resolución de 12 de agosto de 2003, en busca de rocas
carbonatadas de carácter dolomítico, sobre una superficie de 50 hás.
afectando el padrón 16055 (p) de la 3ª Sección Catastral del Departamento
de Lavalleja.
2º.- Notifíquese, comuníquese y pase a la
Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.