13/09/04  

09/09/04 – SE CONVALIDAN CONTRATACIONES REALIZADAS POR LA DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS.

VISTO: la gestión de la empresa Casa de Galicia reclamando el pago de la suma de $ 19.192.142,16 (pesos uruguayos diecinueve millones ciento noventa y dos mil ciento cuarenta y dos con 16/100) a la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, por la realización de estudios a pacientes remitidos por dicha Dirección.

RESULTANDO: I) que las transacciones objeto del reclamo -facturas N° 4529, 8751, 8492, 8752, 8932, 8792, 8941, 9018, 8494, 8123, 8125, 8935, 8789, 8124, 8942, 10222, 10279, 10326, 10575, 10810, 10902, 10223, 10225, 10282, 10577, 10578, 10802, 10281, 10901, 10574, 9019, 10270, 10318, 10280, 10595, 10596- no están registradas en el Sistema Integrado de Información Financiera del Estado.(S.I.I.F.).

II) que en el ejercicio en que se probó la existencia de las transacciones objeto del reclamo, existía crédito suficiente para ejecutar el gasto, con cargo al financiamiento previsto en el artículo 1ro. del Decreto-Ley 15.675 de 16 de noviembre de 1984.

III) que cumplidos los recaudos dispuestos por la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, existe evidencia documental y testimonial suficiente para reconocer como deuda el monto de $ 19.192.142,16 (pesos uruguayos diecinueve millones ciento noventa y dos mil ciento cuarenta y dos con 16/100).

CONSIDERANDO: I) que se estima conveniente y oportuno cancelar la deuda con cargo al objeto de gasto 283 "Servicios Médicos, Sanitarios y Sociales", Financiación "Fondo de Terceros", artículo 1ro. del Decreto-Ley 15.675 de 16 de noviembre de 1984.

II) que la cancelación de la presente deuda implica la auto composición de la controversia con Casa de Galicia, despejando la posibilidad de futuros reclamos por la vía jurisdiccional.

ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 40 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera 1996.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

R E S U E L V E:

1ro.- Convalídanse las contrataciones realizadas por la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas individualizadas en la forma que se menciona: facturas N° 4529, 8751, 8492, 8752, 8932, 8792, 8941, 9018, 8494, 8123, 8125, 8935, 8789, 8124, 8942, 10222, 10279, 10326, 10575, 10810, 10902, 10223, 10225, 10282, 10577, 10578, 10802, 10281, 10901, 10574, 9019, 10270, 10318, 10280, 10595, 10596, las que serán atendidas con cargo al objeto del gasto 283 "Servicios Médicos, Sanitarios y Sociales", Financiación "Fondo de Terceros", artículo 1ro. del Decreto-Ley 15.675 de 16 de noviembre de 1984.

2do.- La Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas procederá a la notificación del interesado y a recabar del mismo una declaración donde conste que los únicos créditos que tiene con la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas son los que figuran en el Sistema de Información Financiera de la misma, proveyéndole un estado de cuenta que lo confirme. 3ro.- Páguese a Casa de Galicia la suma de $ 19.192.142,16 (pesos uruguayos diecinueve millones ciento noventa y dos mil ciento cuarenta y dos con 16/100) en un plazo de diez días hábiles de efectuada la declaración detallada en el numeral que antecede, disponiéndose el anticipo del pago.

4to.- Posteriormente, remítase al Tribunal de Cuentas de la República para su intervención, y auditada pase a la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas para su cumplimiento.