la propuesta de la
Sociedad Uruguaya de Cardiología referente a la designación de su
representante en la Comisión Honoraria para la Salud Cardiovascular;
RESULTANDO: I) que por resolución del Poder
Ejecutivo No. 140/2000 de fecha 5 de setiembre de 2000, se designó como
representante de la Sociedad Uruguaya de Cardiología en la Comisión
Honoraria para la Salud Cardiovascular al Dr. Gustavo Valentíni;
II) que la citada Institución ha comunicado al
Ministerio de Salud Pública, de conformidad con el artículo 402 de la Ley
No.16.736 de 5 de enero de 1996, que ha resuelto proponer nuevo
representante, siendo la persona sugerida el Dr. Edgardo Sandoya, en mérito
a la imposibilidad por parte del Dr. Gustavo Valentini de seguir cumpliendo
con su obligación de concurrencia a la Comisión en cuestión, por razones
laborales;
CONSIDERANDO: que dicho profesional reúne las
condiciones necesarias a los fines indicados;
ATENTO: a lo dispuesto por los artículos 2°. de la
Ley No.16.626 de 22 de noviembre de 1994 y 402 de la Ley No.16.736 de 5 de
enero de 1996;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Desígnase para integrar la Comisión Honoraria
para la Salud Cardiovascular en carácter de representante de la Sociedad
Uruguaya de Cardiología al Dr. EDGARDO SANDOYA, en sustitución del Dr.
GUSTAVO VALENTINI
2°.- Agradézcase al Dr. Gustavo Valentini los
servicios prestados
3°.- Comuníquese.-