que por resolución
de este Poder de fecha 16 de junio de 2004 se prorrogó por el período
comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2004 el primer
llamado de la Licitación Pública N° 33/2002 "Contratación de
Servicio para el Manejo de Residuos Sólidos Hospitalarios Contaminados
Generados por las Unidades Ejecutoras de A.S.S.E.", Periódica, Plaza,
de 3 de setiembre de 2002, adjudicado a las firmas: Olecar S.A., Trenal S.A.
y Aborgama-Ducelit S.A., en la suma total de $ 36:590.729,00 (pesos treinta
y seis millones quinientos noventa mil setecientos veintinueve);
RESULTANDO: que se remitieron estos obrados a la
intervención previa de la Auditoría Delegada en el Ministerio de Salud
Pública del Tribunal de Cuentas de la República;
CONSIDERANDO: I) que la Contadora Delegada observa el
gasto indicando que: las presentes actuaciones cuentan con principio de
ejecución contraviniendo lo dispuesto en el Literal B) del artículo 211 de
la Constitución de la República;
II) que la Contratación de Servicio para el Manejo
de Residuos Sólidos Hospitalarios Contaminados es imprescindible e
impostergable para las Unidades Ejecutoras de A.S.S.E.;
III) que la Administración tiene la potestad de
insistir en el gasto observado;
ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 97 del Texto
Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Insístese -conforme a la potestad otorgada a
la Administración- en el gasto observado derivado de la Licitación
Pública N° 33/2002 destacando que la "Contratación de Servicio para
el Manejo de Residuos Sólidos Hospitalarios Contaminados Generados por las
Unidades Ejecutoras de A.S.S.E." es imprescindible e impostergable para
dichas Unidades Ejecutoras.
2°.- Facúltase a la Dirección General de A.S.S.E.
a autorizar la prórroga por el ejercicio 2005.
3°.- Remítase copia de la presente resolución al
Tribunal de Cuentas de la República (artículo 8° de la Ordenanza de dicho
Cuerpo de 22 de mayo de 1958).
4°.- Vuelva a la División Recursos Materiales y
Servicios de A.S.S.E. para la prosecución del trámite correspondiente.