21/09/04 

16/09/04 - CADUCIDAD DEL TÍTULO MINERO PERMISO DE EXPLORACIÓN DE JOSÉ PEDRO BENTANCOR Y EDIO ASDRÚBAL

VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y Geología, tendientes a declarar la caducidad del título minero PERMISO DE EXPLORACIÓN concedido a JOSÉ PEDRO BENTANCOR y EDIO ASDRÚBAL MENDOZA, el 4 de diciembre de 1995, sobre un yacimiento de arcilla, en la 18ª Sección Judicial del Departamento de Canelones;

RESULTANDO: I) que el referido título fue otorgado por el plazo de 24 meses y notificado el 16 de febrero de 1996;

II) que habiendo iniciado el permisario el trámite de Concesión para Explotar, el 1° de abril de 1998 se prorrogaron sus derechos hasta el otorgamiento de dicho título minero;

III) que la Concesión para Explotar fue otorgada por resolución del Poder Ejecutivo el 29 de octubre de 2003 y labrada el Acta de toma de posesión de la mina el 20 de abril de 2004;

CONSIDERANDO: que de acuerdo a lo dispuesto en el art, 21, ordinal I), literal a) el Código de Minería, corresponde declarar la caducidad del presente título por vencimiento del plazo de validez;

ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Declárase que se ha producido la caducidad del título minero PERMISO DE EXPLORACIÓN otorgado a JOSÉ PEDRO BENTANCOR y EDIO ASDRÚBAL MENDOZA, el 4 de diciembre de 1995, sobre un yacimiento de arcilla, en un área de 6 hás, 7678 m² afectando los padrones 6695 y 51185 de la 18ª Sección Judicial del Departamento de Canelones.

2°.- Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.-