21/09/04
16/09/04 - CADUCIDAD DEL TÍTULO MINERO PERMISO DE
EXPLORACIÓN DE JOSÉ PEDRO BENTANCOR Y EDIO ASDRÚBAL
VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la
Dirección Nacional de Minería y Geología, tendientes a declarar la
caducidad del título minero PERMISO DE EXPLORACIÓN concedido a JOSÉ PEDRO
BENTANCOR y EDIO ASDRÚBAL MENDOZA, el 4 de diciembre de 1995, sobre un
yacimiento de arcilla, en la 18ª Sección Judicial del Departamento de
Canelones;
RESULTANDO: I) que el referido título fue otorgado
por el plazo de 24 meses y notificado el 16 de febrero de 1996;
II) que habiendo iniciado el permisario el trámite
de Concesión para Explotar, el 1° de abril de 1998 se prorrogaron sus
derechos hasta el otorgamiento de dicho título minero;
III) que la Concesión para Explotar fue otorgada por
resolución del Poder Ejecutivo el 29 de octubre de 2003 y labrada el Acta
de toma de posesión de la mina el 20 de abril de 2004;
CONSIDERANDO: que de acuerdo a lo dispuesto en el
art, 21, ordinal I), literal a) el Código de Minería, corresponde declarar
la caducidad del presente título por vencimiento del plazo de validez;
ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de
Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Declárase que se ha producido la caducidad del
título minero PERMISO DE EXPLORACIÓN otorgado a JOSÉ PEDRO BENTANCOR y
EDIO ASDRÚBAL MENDOZA, el 4 de diciembre de 1995, sobre un yacimiento de
arcilla, en un área de 6 hás, 7678 m² afectando los padrones 6695 y 51185
de la 18ª Sección Judicial del Departamento de Canelones.
2°.- Notifíquese, comuníquese y pase a la
Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.-