30/09/04 
    
    29/09/04 – EXONERACIÓN DE PAGO DE TRIBUTOS AL
    INSTITUTO DE HERMANAS "COMPAÑÍA DE SANTA TERESA DE JESÚS"
     
    VISTO: la gestión promovida por el Instituto de
    Hermanas "Compañía de Santa Teresa de Jesús" , en la que
    solicita autorización para importar con exoneración de recargos y demás
    gravámenes, una balanza.-
    
    RESULTANDO: I) que según surge de antecedentes
    existentes, la asociación civil gestionante goza de personería jurídica
    reconocida y estatutos debidamente aprobados por Resolución del Poder
    Ejecutivo, de 21 de noviembre de 1919, siendo su objeto entre otros, la
    enseñanza de niñas y párvulos, procurando dar una educación completa.-
    II) que se trata de una balanza (báscula móvil) , la
    que será destinada a la Obra Social "Nuestra Señora de
    Monserrat" que desarrolla sus actividades en el barrio La Teja.-
    
    CONSIDERANDO: que la asociación gestionante se
    encuentra amparada por los artículos 69° de la Constitución de la
    República y 134° de la Ley N° 12.802, de 30 de noviembre de 1960.-
    
    ATENTO: a lo informado por la División Técnico
    Fiscal y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas ya lo
    establecido por los artículos 448° y 450° de la Ley N° 16.226, de 29 de
    octubre de 1991.-
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
    RESUELVE:
    
    1°) Declárase al Instituto de Hermanas "Compañía
    de Santa Teresa de Jesús" exonerado del pago de los siguientes
    tributos: Tasa Global Arancelaria, Impuesto de Contribución al
    Financiamiento de la Seguridad Social, Impuesto al Valor Agregado, Tasas
    Consulares, Tasa de Servicios Extraordinarios y Tasa de Servicios
    Automatizados, en ocasión de la importación de una balanza (báscula
    móvil) , por un valor de 895,00 (ochocientos noventa y cinco
    euros)
    2°) El bien que se menciona precedentemente no podrá
    ser enajenado por un plazo de diez años a partir de la fecha de su
    introducción definitiva al país.-
    3°) Comuníquese, notifíquese y pase a la Comisión de
    Seguimiento y Control, creada por Resolución del Ministerio de Economía y
    Finanzas, de 1° de octubre de 2003.