30/09/04 
    
    29/09/04 – DESAFECTASE PADRÓN N° 710 DE LA 2°
    SECCIÓN JUDICIAL DE ARTIGAS DEL INVENTARIO DE CANTERAS DE OBRAS PÚBLICAS
     
    VISTO: la gestión promovida por la Dirección
    Nacional de Vialidad, tendiente a la baja del Inventario de Canteras de
    Obras Públicas del yacimiento de tosca basáltica, ubicado en el Padrón
    N° 710 de la 2a Sección Judicial del Departamento de Artigas.
    
    RESULTANDO: I) Que por Resolución del Poder
    Ejecutivo de fecha 18 de agosto de 1994, se incluyó en el Inventario
    mencionado, dicho yacimiento para su utilización en las obras de la
    Regional V de la Dirección Nacional de Vialidad, en el marco de lo
    establecido por el artículo 250 de la Ley N° 16.320 de 10 de noviembre de
    1992.
    II) Que el Departamento Letrada de dicha Secretaría de
    Estado, en informe N° 378/04 de 6 de setiembre de 2004 al tomar
    intervención, no formula objeciones a la gestión promovida en autos.
    
    CONSIDERANDO: que habiéndose cumplido el objetivo en
    la explotación de la cantera afectada y no siendo necesario mantener el
    registro de la misma en el Inventario de Canteras de Obras Públicas,
    corresponde en la especie darle la baja pertinente.
    
    ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley
    N° 16.320 de lo de noviembre de 1992 y Resolución del Poder Ejecutivo de
    fecha 18 de agosto de 1994
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
    RESUELVE:
    
    1°.- Desaféctase del Inventario de Canteras de Obras
    Públicas el siguiente bien: yacimiento de tosca basáltica ubicado en Ruta
    30 a la altura de la progresiva 92km200 en la 2a Sección Judicial del
    Departamento de Artigas, predio padrón N° 710, de acuerdo a la gestión
    promovida por la Dirección Nacional de Vialidad en autos.
    2°. -Comuníquese, publíquese y vuelva a la mencionada
    dependencia, a sus efectos.