30/09/04
29/09/04 – DESAFECTASE PADRÓN N° 710 DE LA 2°
SECCIÓN JUDICIAL DE ARTIGAS DEL INVENTARIO DE CANTERAS DE OBRAS PÚBLICAS
VISTO: la gestión promovida por la Dirección
Nacional de Vialidad, tendiente a la baja del Inventario de Canteras de
Obras Públicas del yacimiento de tosca basáltica, ubicado en el Padrón
N° 710 de la 2a Sección Judicial del Departamento de Artigas.
RESULTANDO: I) Que por Resolución del Poder
Ejecutivo de fecha 18 de agosto de 1994, se incluyó en el Inventario
mencionado, dicho yacimiento para su utilización en las obras de la
Regional V de la Dirección Nacional de Vialidad, en el marco de lo
establecido por el artículo 250 de la Ley N° 16.320 de 10 de noviembre de
1992.
II) Que el Departamento Letrada de dicha Secretaría de
Estado, en informe N° 378/04 de 6 de setiembre de 2004 al tomar
intervención, no formula objeciones a la gestión promovida en autos.
CONSIDERANDO: que habiéndose cumplido el objetivo en
la explotación de la cantera afectada y no siendo necesario mantener el
registro de la misma en el Inventario de Canteras de Obras Públicas,
corresponde en la especie darle la baja pertinente.
ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley
N° 16.320 de lo de noviembre de 1992 y Resolución del Poder Ejecutivo de
fecha 18 de agosto de 1994
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1°.- Desaféctase del Inventario de Canteras de Obras
Públicas el siguiente bien: yacimiento de tosca basáltica ubicado en Ruta
30 a la altura de la progresiva 92km200 en la 2a Sección Judicial del
Departamento de Artigas, predio padrón N° 710, de acuerdo a la gestión
promovida por la Dirección Nacional de Vialidad en autos.
2°. -Comuníquese, publíquese y vuelva a la mencionada
dependencia, a sus efectos.