30/09/04 

29/09/04 – DESAFECTASE PADRÓN N° 710 DE LA 2° SECCIÓN JUDICIAL DE ARTIGAS DEL INVENTARIO DE CANTERAS DE OBRAS PÚBLICAS

 

VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Vialidad, tendiente a la baja del Inventario de Canteras de Obras Públicas del yacimiento de tosca basáltica, ubicado en el Padrón N° 710 de la 2a Sección Judicial del Departamento de Artigas.

RESULTANDO: I) Que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 18 de agosto de 1994, se incluyó en el Inventario mencionado, dicho yacimiento para su utilización en las obras de la Regional V de la Dirección Nacional de Vialidad, en el marco de lo establecido por el artículo 250 de la Ley N° 16.320 de 10 de noviembre de 1992.

II) Que el Departamento Letrada de dicha Secretaría de Estado, en informe N° 378/04 de 6 de setiembre de 2004 al tomar intervención, no formula objeciones a la gestión promovida en autos.

CONSIDERANDO: que habiéndose cumplido el objetivo en la explotación de la cantera afectada y no siendo necesario mantener el registro de la misma en el Inventario de Canteras de Obras Públicas, corresponde en la especie darle la baja pertinente.

ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley N° 16.320 de lo de noviembre de 1992 y Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 18 de agosto de 1994

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

RESUELVE:

1°.- Desaféctase del Inventario de Canteras de Obras Públicas el siguiente bien: yacimiento de tosca basáltica ubicado en Ruta 30 a la altura de la progresiva 92km200 en la 2a Sección Judicial del Departamento de Artigas, predio padrón N° 710, de acuerdo a la gestión promovida por la Dirección Nacional de Vialidad en autos.

2°. -Comuníquese, publíquese y vuelva a la mencionada dependencia, a sus efectos.