30/09/04 

29/09/04 – DESAFECTASE DE DOMINIO PÚBLICO CUATRO FRACCIONES UBICADAS EN LA 8va. SECCIÓN JUDICIAL Y 8va. SECCIÓN CATASTRAL DEL CANELONES

 

VISTO: estos antecedentes relacionados con la solicitud de adquisición de cuatro fracciones de terreno (Ex Ruta N° 8 Tramo II -Empalme Olmos - arroyo Solís Grande; perteneciente al patrimonio del Estado -Ministerio de Transporte y Obras Públicas) que han quedado en desuso luego de la construcción de la nueva Ruta Nacional N° 8, ubicadas en la 8va. Sección Judicial y 8va. Sección Catastral del Departamento de Canelones.

RESULTANDO: I) Que la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, informa que no tiene inconveniente en acceder a lo solicitado;

II) Que asimismo, la Dirección Nacional de Topografía procedió a practicar el correspondiente deslinde y tasación de las cuatro fracciones de terreno cuya compra se solicita;

III) Que la tasación ascendió a U.R. 82, a la cual la interesada prestó su conformidad;

IV) Que la Asesoría Técnica (Área Jurídica) de la ya mencionada Unidad Ejecutora expresa que no tiene observaciones que formular desde el punto de vista legal a estas actuaciones;

CONSIDERANDO: que por lo expuesto, corresponde resolver en consecuencia.

ATENTO: I) a lo establecido por el Art. 8vo. de la Ley de Expropiaciones N° 3.958 del 28 de marzo de 1912, en el Art. 195 de la Ley N° 15.903 del 20 de noviembre de 1987 y Art. 320 de la Ley N° 16.170 del 28 de diciembre de 1990.

II) a las excepciones establecidas por el Decreto del Poder Ejecutivo N° 370/03 de fecha 28 de setiembre de 2002.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Desaféctese del dominio Público, cuatro fracciones de terreno, (Ex Ruta N° 8 Tramo II -Empalme Olmos -Arroyo Solís Grande; perteneciente al patrimonio del Estado -Ministerio de Transporte y Obras Públicas) que han quedado en desuso luego de la construcción de la nueva Ruta Nacional N° 8, ubicadas en la 8va. Sección Judicial y 8va. Sección Catastral del Departamento de Canelones, dichas fracciones se encuentran señaladas con las letras A, B, C y D en el plano de los Ingenieros Agrimensores José Hantzis y Héctor Deambrosi, de fecha marzo de 1981, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro con el N° 18923 el día 13 de marzo de 1981, las referidas fracciones tienen un área total 3 Hás.4732m2 y sus deslindes y áreas individuales son:

FRACCIÓN A: por el Noroeste, tramo curvo de desarrollo 105m35 y radio 3450m00 con frente a Ruta N° 8; por el Norte, tramo recto de 100m10 lindando con el Padrón N° 7769 (P); por el Noreste, tramo recto de 30m65 con frente a ex Ruta N° 8 y por el Sur, tramo recto de 207m95 lindando con el Padrón N° 7769(p); Área de la fracción A: 4632m2 FRACCIÓN B: por el Sureste, tramo recto de 17m35 con frente a Ruta N° 8; por el Suroeste, tramo recto de 150m30 lindando con el padrón N° 7769 (p); por el Noroeste, tramo recto de 21m10 con frente a camino vecinal y por el Noreste, tramo recto de 167mOO lindando con el Padrón N° 7769 (p); Área de la fracción B: 2670m2.

FRACCIÓN C: por el Noroeste, tramo recto de 17m45 con frente a Ruta N° 8; por el Noreste, tramo recto de 81m60 lindando con el Padrón N° 7769 (p); por el Sur, tramo recto de 19m10 con frente a ex Ruta N° 8 y por el Suroeste, tramo recto de 77m 25 lindando con el Padrón N° 7769 (p); Área de la fracción C: 1363m2.

FRACCIÓN D: por el Norte, tramo compuesto por dos segmentos, el primero recto de 68m75 y el segundo curvo de desarrollo 97m50 y radio 1948m67, ambos con frente a la actual Ruta N° 8; por el Sureste, dos tramos rectos de 847m80 y 101m70 lindando ambos con el Padrón N° 7769 (p); por el Suroeste, tramo recto de 31m45 con frente a ex Ruta N° 8 y por el Noroeste, dos tramos rectos de 105m55 y 666m90 lindando ambos con el padrón N° 7769 (p); Área de la fracción D: 2Hás.6067m2.

2°) Apruébase la tasación practicada por la. Dirección Nacional de Topografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas que ascendió a la suma de U.R. 82 (UNIDADES REAJUSTABLES: ochenta y dos) de cuatro fracciones de terreno detalladas en el numeral 1° de la presente Resolución.

3°) Enajenase a favor de la Sra. Martha Amalia Souza Navarrete Lucas Navarrete previo pago de la cantidad de U.R. 82 (UNIDADES REAJUSTABLES: ochenta y dos) que se convertirán al valor vigente de la Unidad Reajustable el día anterior a su cobro, la que deberá ser depositada en la Casa Central del Banco de la República Oriental del Uruguay, Cuenta N° 2892-0 si es en efectivo o Cuenta N° 2893-8 si es con cheque, de las fracciones de terreno, cuya tasación se aprueba en el numeral precedente de esta Resolución.

4°) Desígnase para representar al Estado en el acto de traslación de dominio de las fracciones de que se trata, al Señor Director de la Dirección Nacional de Topografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

5º) COMUNIQUESE y pase al Contador Central Delegado por el Tribunal de Cuentas de la República destacado en ese Ministerio, Cumplido, siga a la Dirección Nacional de Topografía para su toma de razón y demás efectos que correspondan.