30/09/04 

29/09/04 - SE ACEPTA OFERTA DE COMPRA POR INMUEBLE DEL DEPARTAMENTO DE CERRO LARGO

VISTO: I) la oferta de compra, presentada por el Sr. Jorge Daniel Domínguez Caltieri a la Comisión Ejecutiva para la Enajenación de Inmuebles y Vehículos del Estado, con relación al inmueble padrón 11880, ubicado en zona rural del departamento de Cerro Largo, por el importe de 215 Unidades Reajustables;

II) que la misma respondió al llamado realizado por dicha Comisión a través de la página web www.comprasestatales.qub.uy sobre la base de 1/3 de su valor de tasación y sin plazo límite de presentación, todo ello al amparo de lo previsto en el artículo 4 ° del Decreto 378/002 de 28 de setiembre de 2002, en la redacción dada por el Decreto 370/003 de 10 de setiembre de 2003;

RESULTANDO: I) que el inmueble citado fue declarado prescindible por el Poder Ejecutivo y es administrado por el Ministerio del Interior;

II) que fue incluido en el Llamado a Oferta de Precios N° 1/2003 para la Enajenación de Inmuebles Prescindibles realizado en cumplimiento de lo dispuesto por la resolución del Poder Ejecutivo de 15 de octubre de 2003, y al no haberse presentado oferta alguna por el mismo, se configuró a su respecto la situación prevista en el numeral 5° del artículo 343 de la Ley N° 13.835 de 7 de enero de 1970;

III) que en consecuencia, la Comisión Ejecutiva para la Enajenación de Inmuebles y Vehículos del Estado quedó habilitada para ofrecerlo en venta sobre las 2/3 partes de su valor de tasación, lo cual así realizó durante el período 11 al 26 de diciembre de 2003, sin recibir oferta alguna;

IV) que posteriormente, en fecha 13 de enero de 2004 se realizó el ofrecimiento en venta aludido en el Visto y en respuesta al mismo se presentaron sucesivamente diversas ofertas, cada una mejorando la anterior, siendo la última la del Sr. Jorge Daniel Domínguez Caltieri por 215 U.R., la cual no fue mejorada dentro del plazo reglamentario previsto al efecto;

CONSIDERANDO: I) que la nombrada comisión aconsejó la aceptación de dicha oferta;

II) que el Tribunal de Cuentas de la República ha intervenido de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 211 literal B) de la Constitución de la República;

ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 735 de la Ley N° 16.736 de 5 de enero de 1996, artículo 343 de la Ley N° 13.835 de 7 de enero de 1970 en la redacción dada por el Decreto-Ley N° 15.545 de 3 de mayo de 1984, Decreto N° 65/002 de 8 de febrero de 2002 y Decreto N° 378/002 de 28 de setiembre de 2002 en la redacción dada por el Decreto 370/003 de 10 de setiembre de 2003, y a lo informado por la Comisión Ejecutiva para la Enajenación de Inmuebles y Vehículos del Estado;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Acéptase la oferta de compra presentada por el Sr. Jorge Daniel Domínguez Caltieri con relación al inmueble padrón 11880 ubicado en zona rural del departamento de Cerro Largo, por la suma de 215 U.R. (doscientas quince Unidades Reajustables).

2°.- Dispónese la enajenación de dicho inmueble, designándose al señor Ministro del Interior, para que en nombre y representación del Estado Persona Pública Mayor, otorgue y suscriba la respectiva escritura y demás documentación preparatoria y complementaria, y como Escribanas de contralor de dicho otorgamiento a las Escribanas Alma López, Graciela Fernández y Graciela Globsky, funcionarios del Ministerio del Interior, en forma indistinta.

3°.- Notifíquese al oferente, y a las personas mencionadas en el numeral precedente.

4°.- Comuníquese a la Comisión Ejecutiva para la Enajenación de Inmuebles y Vehículos del Estado, al Registro Único de Inmuebles del Estado de la Contaduría General de la Nación, a la Dirección Nacional de; Catastro y al Tribunal de Cuentas de la República.-