30/09/04
29/09/04 - SE ACEPTA OFERTA DE COMPRA POR INMUEBLE DEL
DEPARTAMENTO DE CERRO LARGO
VISTO: I) la oferta de compra, presentada por el Sr.
Jorge Daniel Domínguez Caltieri a la Comisión Ejecutiva para la
Enajenación de Inmuebles y Vehículos del Estado, con relación al inmueble
padrón 11880, ubicado en zona rural del departamento de Cerro Largo, por el
importe de 215 Unidades Reajustables;
II) que la misma respondió al llamado realizado por
dicha Comisión a través de la página web www.comprasestatales.qub.uy
sobre la base de 1/3 de su valor de tasación y sin plazo límite de
presentación, todo ello al amparo de lo previsto en el artículo 4 ° del
Decreto 378/002 de 28 de setiembre de 2002, en la redacción dada por el
Decreto 370/003 de 10 de setiembre de 2003;
RESULTANDO: I) que el inmueble citado fue declarado
prescindible por el Poder Ejecutivo y es administrado por el Ministerio del
Interior;
II) que fue incluido en el Llamado a Oferta de
Precios N° 1/2003 para la Enajenación de Inmuebles Prescindibles realizado
en cumplimiento de lo dispuesto por la resolución del Poder Ejecutivo de 15
de octubre de 2003, y al no haberse presentado oferta alguna por el mismo,
se configuró a su respecto la situación prevista en el numeral 5° del
artículo 343 de la Ley N° 13.835 de 7 de enero de 1970;
III) que en consecuencia, la Comisión Ejecutiva para
la Enajenación de Inmuebles y Vehículos del Estado quedó habilitada para
ofrecerlo en venta sobre las 2/3 partes de su valor de tasación, lo cual
así realizó durante el período 11 al 26 de diciembre de 2003, sin recibir
oferta alguna;
IV) que posteriormente, en fecha 13 de enero de 2004
se realizó el ofrecimiento en venta aludido en el Visto y en respuesta al
mismo se presentaron sucesivamente diversas ofertas, cada una mejorando la
anterior, siendo la última la del Sr. Jorge Daniel Domínguez Caltieri por
215 U.R., la cual no fue mejorada dentro del plazo reglamentario previsto al
efecto;
CONSIDERANDO: I) que la nombrada comisión aconsejó
la aceptación de dicha oferta;
II) que el Tribunal de Cuentas de la República ha
intervenido de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 211 literal B) de la
Constitución de la República;
ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 735 de la Ley
N° 16.736 de 5 de enero de 1996, artículo 343 de la Ley N° 13.835 de 7 de
enero de 1970 en la redacción dada por el Decreto-Ley N° 15.545 de 3 de
mayo de 1984, Decreto N° 65/002 de 8 de febrero de 2002 y Decreto N°
378/002 de 28 de setiembre de 2002 en la redacción dada por el Decreto
370/003 de 10 de setiembre de 2003, y a lo informado por la Comisión
Ejecutiva para la Enajenación de Inmuebles y Vehículos del Estado;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Acéptase la oferta de compra presentada por el
Sr. Jorge Daniel Domínguez Caltieri con relación al inmueble padrón 11880
ubicado en zona rural del departamento de Cerro Largo, por la suma de 215
U.R. (doscientas quince Unidades Reajustables).
2°.- Dispónese la enajenación de dicho inmueble,
designándose al señor Ministro del Interior, para que en nombre y
representación del Estado Persona Pública Mayor, otorgue y suscriba la
respectiva escritura y demás documentación preparatoria y complementaria,
y como Escribanas de contralor de dicho otorgamiento a las Escribanas Alma
López, Graciela Fernández y Graciela Globsky, funcionarios del Ministerio
del Interior, en forma indistinta.
3°.- Notifíquese al oferente, y a las personas
mencionadas en el numeral precedente.
4°.- Comuníquese a la Comisión Ejecutiva para la
Enajenación de Inmuebles y Vehículos del Estado, al Registro Único de
Inmuebles del Estado de la Contaduría General de la Nación, a la
Dirección Nacional de; Catastro y al Tribunal de Cuentas de la República.-