30/09/04
29/09/04 - CADUCIDAD DEL TÍTULO MINERO PERMISO DE
PROSPECCIÓN OTORGADO A MONTEMURA S.A.
VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la
Dirección Nacional de Minería y Geología tendientes a declarar la
caducidad del título minero PERMISO DE PROSPECCIÓN concedido a MONTEMURA
S.A. por resolución de 21 de mayo de 2002, en busca de oro, plata, cobre,
plomo, zinc, estaño y tungsteno, en la 6ª Sección Catastral del
Departamento de Rivera;
RESULTANDO: que el referido título fue otorgado por
el plazo de 24 meses y notificado el 28 de mayo de 2002;
CONSIDERANDO: que habiéndose configurado la causal
de vencimiento del plazo de validez del título minero prevista en el
artículo 21, ordinal I), literal a), del Código de Minería corresponde
declarar su caducidad;
ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de
Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Declárase que se ha producido la caducidad del
título minero PERMISO DE PROSPECCIÓN otorgado a MONTEMURA S.A. por
resolución de 21 de mayo de 2002, en busca de oro, plata, cobre, plomo,
zinc, estaño y tungsteno, en una superficie de 2025 hás. 3034 m².
afectando los padrones 1180, 1244, 1245, 1254, 1529, 2414, 2473, 3031, 3110,
3353, 3354, 3391, 3634, 3635, 3636, 3637, 3638, 3639, 3640, 3641,3642, 3643,
3644, 4602, 4667, 4829, 4869, 6023, 6052, 6250, 6292, 6340, 6446, 7834, 8077
y 9572, de la 6ª Sección Catastral del Departamento de Rivera.
2°.- Notifíquese, comuníquese y pase a la
Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.-