30/09/04 

29/09/04 - CADUCIDAD DEL TÍTULO MINERO PERMISO DE PROSPECCIÓN OTORGADO A MONTEMURA S.A.

VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y Geología tendientes a declarar la caducidad del título minero PERMISO DE PROSPECCIÓN concedido a MONTEMURA S.A. por resolución de 21 de mayo de 2002, en busca de oro, plata, cobre, plomo, zinc, estaño y tungsteno, en la 6ª Sección Catastral del Departamento de Rivera;

RESULTANDO: que el referido título fue otorgado por el plazo de 24 meses y notificado el 28 de mayo de 2002;

CONSIDERANDO: que habiéndose configurado la causal de vencimiento del plazo de validez del título minero prevista en el artículo 21, ordinal I), literal a), del Código de Minería corresponde declarar su caducidad;

ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Declárase que se ha producido la caducidad del título minero PERMISO DE PROSPECCIÓN otorgado a MONTEMURA S.A. por resolución de 21 de mayo de 2002, en busca de oro, plata, cobre, plomo, zinc, estaño y tungsteno, en una superficie de 2025 hás. 3034 m². afectando los padrones 1180, 1244, 1245, 1254, 1529, 2414, 2473, 3031, 3110, 3353, 3354, 3391, 3634, 3635, 3636, 3637, 3638, 3639, 3640, 3641,3642, 3643, 3644, 4602, 4667, 4829, 4869, 6023, 6052, 6250, 6292, 6340, 6446, 7834, 8077 y 9572, de la 6ª Sección Catastral del Departamento de Rivera.

2°.- Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.-