30/09/04 

30/09/04 - MODIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN DE CERTIFICADO DE SUBSIDIO HABITACIONAL DIRECTO - NBE, BAJO LA MODALIDAD GRUPO SIAV

VISTO: la renuncia presentada por los Sres. Selva GONZÁLEZ SOCA y José Ramón CABRERA PlUMA, C.I. Nos. 1.782.633-0 y 1.462.277-9 respectivamente y que el Sr. Daniel Fernando ÁVILA y Lucía RODRÍGUEZ BATALLA, C.I. Nos. 3.764.288-7 y 4.311.504-4 respectivamente fueron. dados de baja del SIAV;

RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 11 de junio de 2004, se adjudicó a los Sres. Selva González Soca y José Ramón Cabrera Piuma, inscriptos en el SIAV con el N° 79069, y a los Sres. Daniel Fernando Ávila y Lucía Rodríguez Batalla, inscriptos en el SIAV con el N° 109600, bajo la modalidad Grupo SIAV, un Certificado de Subsidio Habitacional Directo - NBE, valor U.R. 1.150. (Unidades Reajustables mil ciento cincuenta) aplicable para la adquisición de una solución habitacional;

II) que los Sres. Selva González Soca y José Ramón Cabrera Piuma comparecieron ante el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente manifestando su voluntad de renunciar a la calidad de adjudicatarios, materializando la misma en el certificado respectivo;

III) que la Sección Cómputos de la Dirección Nacional de Vivienda en informe de 16 de junio del corriente año da cuenta que los Sres. Daniel Fernando Ávila y Lucía Rodríguez Batalla, inscriptos en el SIAV con el N° 109600, fueron dados de baja del SIAV el 2 de noviembre de 2003;

CONSIDERANDO: que tomando en cuenta la renuncia presentada por ambos beneficiarios y lo informado por la Sección Cómputos, se entiende conveniente adjudicar un Certificado de Subsidio Habitacional Directo - NBE, bajo la modalidad Grupo SIAV, a los Sres. John Willams Medina Sánchez y Niry Silvana Deniz Campos, inscriptos en el SIAV con el N° 96232, ya los Sres. Mancy Darly Toribio López y Gladys Margot González González, inscriptos en el SIAV con el N° 113188, dando satisfacción de esta manera a la problemática habitacional de estos núcleos familiares;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente, y a lo dispuesto por los artículos 2 y 3 de la Ley N° l6.112, de 30 de mayo de 1990 y por los artículos 1 a 6, 59 a 68 del Texto Ordenado de la Ley de Vivienda aprobado por Decreto N° 76/98 de 24 de marzo de 1998;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Déjase sin efecto la adjudicación dispuesta por Resolución del Poder Ejecutivo de 11 de junio de 2004 a favor de los Sres. Selva GONZÁLEZ SOCA y José Ramón CABRERA PlUMA, C.I. Nos. 1.782.633-0 y 1.462.277-9 respectivamente, inscriptos en el SIAV con el. N° 79069; y de los Sres. Daniel Fernando ÁVILA y Lucía RODRÍGUEZ BATALLA, Nos. 3.764.288-7 y 4.311.504-4 respectivamente, inscriptos en el SIAV con el N° 109600.-

2°.- Adjudíquese un Certificado de Subsidio Habitacional Directo - NBE, valor de U.R. 1.150, bajo la modalidad Grupo SIAV, a los Sres. John Willams MEDINA SÁNCHEZ y Niry Silvana DENIZ CAMPOS, C.I. Nos. 3.780.713-0 y 4.239.660-3 respectivamente, inscriptos en el SIAV con el N° 96232; y a los Sres. Mancy Darly TORIBIO LÓPEZ y Gladys Margot GONZÁLEZ GONZÁLEZ González, inscriptos en el SIAV con el N° 113188.-

3°.- Emítanse los Certificados representativos de los Subsidios Habitacionales Directos adjudicados por la presente Resolución, los cuales deberán ser endosados por sus titulares a favor del Banco Hipotecario del Uruguay, y remitido a éste en forma directa por esta Secretaría de Estado.-

4°.- Vuelva al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, cometiéndole la comunicación al Banco Hipotecario del Uruguay y demás efectos.-