30/09/04
30/09/04 - MODIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN DE CERTIFICADO
DE SUBSIDIO HABITACIONAL DIRECTO - NBE, BAJO LA MODALIDAD GRUPO SIAV
VISTO: la renuncia presentada por los Sres. Selva
GONZÁLEZ SOCA y José Ramón CABRERA PlUMA, C.I. Nos. 1.782.633-0 y
1.462.277-9 respectivamente y que el Sr. Daniel Fernando ÁVILA y Lucía
RODRÍGUEZ BATALLA, C.I. Nos. 3.764.288-7 y 4.311.504-4 respectivamente
fueron. dados de baja del SIAV;
RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder
Ejecutivo de fecha 11 de junio de 2004, se adjudicó a los Sres. Selva
González Soca y José Ramón Cabrera Piuma, inscriptos en el SIAV con el
N° 79069, y a los Sres. Daniel Fernando Ávila y Lucía Rodríguez Batalla,
inscriptos en el SIAV con el N° 109600, bajo la modalidad Grupo SIAV, un
Certificado de Subsidio Habitacional Directo - NBE, valor U.R. 1.150.
(Unidades Reajustables mil ciento cincuenta) aplicable para la adquisición
de una solución habitacional;
II) que los Sres. Selva González Soca y José Ramón
Cabrera Piuma comparecieron ante el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente manifestando su voluntad de renunciar a la
calidad de adjudicatarios, materializando la misma en el certificado
respectivo;
III) que la Sección Cómputos de la Dirección
Nacional de Vivienda en informe de 16 de junio del corriente año da cuenta
que los Sres. Daniel Fernando Ávila y Lucía Rodríguez Batalla, inscriptos
en el SIAV con el N° 109600, fueron dados de baja del SIAV el 2 de
noviembre de 2003;
CONSIDERANDO: que tomando en cuenta la renuncia
presentada por ambos beneficiarios y lo informado por la Sección Cómputos,
se entiende conveniente adjudicar un Certificado de Subsidio Habitacional
Directo - NBE, bajo la modalidad Grupo SIAV, a los Sres. John Willams Medina
Sánchez y Niry Silvana Deniz Campos, inscriptos en el SIAV con el N°
96232, ya los Sres. Mancy Darly Toribio López y Gladys Margot González
González, inscriptos en el SIAV con el N° 113188, dando satisfacción de
esta manera a la problemática habitacional de estos núcleos familiares;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente, y a lo
dispuesto por los artículos 2 y 3 de la Ley N° l6.112, de 30 de mayo de
1990 y por los artículos 1 a 6, 59 a 68 del Texto Ordenado de la Ley de
Vivienda aprobado por Decreto N° 76/98 de 24 de marzo de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Déjase sin efecto la adjudicación dispuesta
por Resolución del Poder Ejecutivo de 11 de junio de 2004 a favor de los
Sres. Selva GONZÁLEZ SOCA y José Ramón CABRERA PlUMA, C.I. Nos.
1.782.633-0 y 1.462.277-9 respectivamente, inscriptos en el SIAV con el. N°
79069; y de los Sres. Daniel Fernando ÁVILA y Lucía RODRÍGUEZ BATALLA,
Nos. 3.764.288-7 y 4.311.504-4 respectivamente, inscriptos en el SIAV con el
N° 109600.-
2°.- Adjudíquese un Certificado de Subsidio
Habitacional Directo - NBE, valor de U.R. 1.150, bajo la modalidad Grupo
SIAV, a los Sres. John Willams MEDINA SÁNCHEZ y Niry Silvana DENIZ CAMPOS,
C.I. Nos. 3.780.713-0 y 4.239.660-3 respectivamente, inscriptos en el SIAV
con el N° 96232; y a los Sres. Mancy Darly TORIBIO LÓPEZ y Gladys Margot
GONZÁLEZ GONZÁLEZ González, inscriptos en el SIAV con el N° 113188.-
3°.- Emítanse los Certificados representativos de
los Subsidios Habitacionales Directos adjudicados por la presente
Resolución, los cuales deberán ser endosados por sus titulares a favor del
Banco Hipotecario del Uruguay, y remitido a éste en forma directa por esta
Secretaría de Estado.-
4°.- Vuelva al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente, cometiéndole la comunicación al Banco
Hipotecario del Uruguay y demás efectos.-