06/10/04  

06/09/04 - DISTRIBUCIÓN DE PARTIDA EN LA SECRETARÍA NACIONAL DE DROGAS

VISTO: el refuerzo de la partida presupuestal asignada a la Unidad Ejecutora 001 "Presidencia de la República y Oficinas dependientes" - "Secretaría Nacional de Drogas", en la Financiación 1.1 "Rentas Generales", Objeto del Gasto 749 "Otras Partidas a Reaplicar", por la suma de pesos uruguayos $ 2.300.000 (pesos uruguayos dos millones trescientos mil), a fin de atender gastos de funcionamiento del presente ejercicio.

RESULTANDO: que el artículo 57 de la Ley 17.296 dispone que la Presidencia de la República comunicará a la Contaduría General de la Nación la desagregación de la referida partida en grupos y objetos del gasto.

CONSIDERANDO: la desagregación comunicada por el Señor Prosecretario de la Presidencia de la República en su carácter de Presidente de la Junta Nacional de Drogas;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE

1°) Autorízase en el Inciso 02 "Presidencia de la República" en el Programa 001 "Determinación y Aplicación de la Política de Gobierno", Unidad Ejecutora 001 "Presidencia de la República y Oficinas Dependientes", Financiación 1.1, la distribución desde el Objeto del Gasto 749 "Otras Partidas a Reaplicar" por el importe de $ 2.300.000 (pesos uruguayos dos millones trescientos mil) a los Objetos del Gasto que se detallan, por el Ejercicio 2004:

Objeto del Gasto

Denominación

Importe en pesos uruguayos

299

Otros servicios no personales

$133.000

553.018

Instituciones en Convenio Junta Nacional de Drogas

$240.000

721

Gastos Extraordinarios

$1.927.000

2°) Comuníquese al Contador Delegado del Tribunal de Cuentas de la República, a la Secretaría Nacional de Drogas y pase a la División Contabilidad y Finanzas de la Presidencia de la República.-