06/10/04  

06/09/04 - SE CONFIRMA RESOLUCIÓN DEL PODER EJECUTIVO DE 30/07/2003 QUE DESIGNA COTITULAR DE AGENCIA DE QUINIELAS N° 4 DE RIVERA

VISTO: el recurso de revocación interpuesto por la Sra. Jacqueline Silveira Carvalho, en su carácter de cotitular de la Agencia de Quinielas N° 4 del departamento de Rivera, y otros Agentes integrantes de la Banca Colectiva de Quinielas de dicha localidad, contra la Resolución del Poder Ejecutivo de 30 de julio de 2003.-

RESULTANDO: I) que los impugnantes se agravian en su interés directo, personal y legitimo en tanto la Resolución mencionada designa como cotitular de la citada Agencia al Sr. Jorge Silveira Carvalho, hijo y hermano de los restantes cotitulares de la Agencia referida.-

II) que fundan su posición en que el Sr. Silveira se desempeña como funcionario de la Banca de Quinielas de Rivera y como tal ha sido resistido por alguno de sus integrantes, y ha observado conductas que no condicen con su calidad de funcionario, por lo que al incorporarse a la Dirección de la Banca, su presencia será motivo de divergencias.-

III) que de acuerdo al artículo 150° del Decreto N° 500/991, solicitan que la impugnación tenga efectos suspensivos por entender que de aplicarse el acto, habrá de producir efectos que al revocar se causarían agravios irreparables a las partes.-

IV) que se hizo reserva del derecho de fundamentar el recurso, de acuerdo al artículo 155° del citado Decreto N° 500/991, sin que posteriormente ello se hubiese verificado.-

CONSIDERANDO: I) que el recurso fue interpuesto en tiempo y forma.-

II) que los impugnantes pertenecientes a la Banca Colectiva de Quinielas de Rivera no han acreditado su legitimación activa para presentar el presente recurso.-

III) que no habiéndose fundamentado debidamente la impugnación y no advirtiéndose la existencia de elementos determinantes de ilegitimidad, corresponde proceder a la confirmación de la recurrida.-

ATENTO: a lo informado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Confírmase el acto impugnado.-

2°) Vuelva a la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas para su notificación a los interesados. Cumplido, archívese.-