06/10/04
06/09/04 - SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP Y LA LIGA DE
FÚTBOL "CIUDAD DE DURAZNO"
VISTO: el Convenio celebrado el 17 de setiembre de
2004, entre et Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Liga de
Fútbol "Ciudad de Durazno", Departamento de Durazno;
RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye
para realizar el cambio de chapas y maderas necesarias para el techo,
pintura general y veredas; con la suma de $60,000 en efectivo;
II) Que dicha Institución, por su parte, contribuye
con la suma de $30.000 discriminada en el Convenio;
III) Que la División Contabilidad y Finanzas del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado,
han efectuado la intervención previa que les compete;
CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;
ATENTO: A lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 17 de setiembre de 2004, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas y la Liga de Fútbol "Ciudad de Durazno",
Departamento de Durazno, para realizar el cambio de chapas y maderas
necesarias para el techo, pintura general y veredas.
2°.- Autorizase, la inversión de la suma de $60,000
(pesos uruguayos sesenta mil), como contribución del citado Ministerio a
las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo aja Ley N°16,736
del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Programa 001, Proyecto 702, Objeto del
Gasto 565, Financiación 1.4, Ejercicio 2004, existiendo créditos
disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N°24/999 de fecha 3
de febrero de 1999, Afectación N°582 y con el decreto N°90/000 de 3 de
marzo de 2000.
3°.- Autorizase el pago, por el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, la suma de $60,000 (pesos uruguayos sesenta
miI), a favor del Banco de la República Oriental del .Uruguay, para ser
depositadas en la Cuenta perteneciente a la Liga de Fútbol "Ciudad de
Durazno" del Departamento de Durazno, la que se atenderá con cargo a
los recursos que por la presente Resolución se autorizan.
4°.- Comuníquese y previa intervención por parte
de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de
Convenios a sus efectos.-