06/10/04  

06/09/04 - SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP Y LA LIGA DE FÚTBOL "CIUDAD DE DURAZNO"

VISTO: el Convenio celebrado el 17 de setiembre de 2004, entre et Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Liga de Fútbol "Ciudad de Durazno", Departamento de Durazno;

RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para realizar el cambio de chapas y maderas necesarias para el techo, pintura general y veredas; con la suma de $60,000 en efectivo;

II) Que dicha Institución, por su parte, contribuye con la suma de $30.000 discriminada en el Convenio;

III) Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la intervención previa que les compete;

CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;

ATENTO: A lo precedentemente expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 17 de setiembre de 2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Liga de Fútbol "Ciudad de Durazno", Departamento de Durazno, para realizar el cambio de chapas y maderas necesarias para el techo, pintura general y veredas.

2°.- Autorizase, la inversión de la suma de $60,000 (pesos uruguayos sesenta mil), como contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo aja Ley N°16,736 del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Programa 001, Proyecto 702, Objeto del Gasto 565, Financiación 1.4, Ejercicio 2004, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N°24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, Afectación N°582 y con el decreto N°90/000 de 3 de marzo de 2000.

3°.- Autorizase el pago, por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la suma de $60,000 (pesos uruguayos sesenta miI), a favor del Banco de la República Oriental del .Uruguay, para ser depositadas en la Cuenta perteneciente a la Liga de Fútbol "Ciudad de Durazno" del Departamento de Durazno, la que se atenderá con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.

4°.- Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos.-