06/10/04
06/09/04 - SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP Y LA
COMISIÓN DE FOMENTO BARRIOS "COLÓN Y SAINT CLOMENT"
VISTO: el Convenio celebrado el 24 de setiembre de
2004, entre el Ministerio de Trasporte y Obras Públicas y la Comisión de
Fomento Barrios "Colón y Saint Cloment" de San José de Mayo,
Departamento de San José;
RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye
para realizar la construcción de salón de usos múltiples (130 m2) junto a
sede social y policlínica; con la suma de $498,000 en efectivo;
II) Que dicha Institución, por su parte, contribuye
con la suma de $498,000 discriminada en el Convenio;
III) Que la División Contabilidad y Finanzas del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado.
han efectuado la intervención previa que les compete;
CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;
ATENTO: A lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 24 de setiembre de 2004, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas y la Comisión de Fomento Barrios "Colón y Saint
Cloment" de San José de Mayo, Departamento de San José, para realizar
la construcción de salón de uso múltiples (130 m2) junto a sede social y
policlínica.
2°.- Autorízase, la inversión de la suma de
$498.000 (pesos uruguaya cuatrocientos noventa y ocho mil), como
contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata la que se
atenderá de la siguiente manera: $249.000' (pesos uruguayos doscientos
cuarenta y nueve mil) con cargo a la Ley N°16,736 del 5 de enero de 1996,
Inciso 10, Programa 001, Proyecto 702, Objeto del Gasto 565, Financiación
1.4, Ejercicio 2004, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el
Artículo 1° del Decreto N°24/999 de fecha 3 de febrero de 1999,
Afectación N°601 y con el decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000 y $249;000
(pesos uruguayos doscientos cuarenta y nueve mil) para el Ejercicio 2005.
3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, la suma de $498.000 (pesos uruguayos
cuatrocientos noventa y ocho mil), en 2 (dos) cuotas de $249;000 (pesos
uruguayos doscientos cuarenta y nueve mil), cada una, a favor del Banco de
la República Oriental del Uruguay, para ser depositadas en la Cuenta
perteneciente a la Comisión de Fomento Barrios "Colón y Saint
Cloment" de San José de Mayo, las que se atenderán con Cargo a los
recursos que por la presente Resolución se autorizan.
4°.- ,Comuníquese y previa intervención por parte
de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de
Convenios a sus efectos.-